Fecha: 7 de septiembre de 2021P. de la C. 752: Para enmendar el Artículo 10 de la Ley Núm. 81 de 14 de marzo de 1912, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Salud”; enmendar el Artículo 6 y 13 de la Ley Núm. 209-2003, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a los fines de establecer garantías para el manejo y entrega de las estadísticas vitales, entre el Departamento de Salud y el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico; crear una disposición especial para el manejo y entrega de las estadísticas vitales entre el Departamento de Salud y el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico cuando exista una declaración de emergencia, y para otros fines relacionados.
Fecha: 22 de octubre de 2014Para enmendar los incisos (a), (b) y (e) del artículo 4 de la Ley 214?2004, segúnenmendada, conocida como la “Ley para Crear el Fideicomiso de Ciencia, Tecnología e Investigación de Puerto Rico” a los fines de incorporar como miembro fiduciario al Director de Estadísticas de Puerto Rico, y para otros fines relacionados.
Fecha: 27 de agosto de 2018R. del S. 663: Para ordenar a la Comisión de Gobierno del Senado de Puerto Rico realizar una investigación abarcadora sobre la gestión del Gobierno de Puerto Rico y sus instrumentalidades en la preparación del Censo 2020, evaluar el resultado de las pruebas realizadas, y evaluar las iniciativas tomadas por todas sus instrumentalidades para atender proactivamente los retos que nos presenta la dramática merma en población acaecida luego del paso del huracán María y en el manejo y uso de la información censal.
Fecha: 10 de febrero de 2015Para enmendar la Ley 209?2003, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a los fines de añadir nuevos Artículos, 13, 14 y 15, enmendar los actuales Artículos 4 y 6, reenumerar los Artículos 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 como Artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22, de forma que se garantice el adecuado manejo de las estadísticas en el Gobierno de Puerto Rico y promover su divulgación; reconocerle facultades adicionales al Instituto de Estadísticas y establecer nuevas obligaciones a los organismos gubernamentales; y para otros fines relacionados.

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