R. de la C. 457

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Fecha: 5 de junio de 2013

Para ordenar a la Comisión de Bienestar Social y para la Erradicación de laPobreza, de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una investigación exhaustiva sobre la recopilación y metodología utilizada por parte de las agencias de la Rama Ejecutiva, en particular, el Departamento de Salud y el Departamento de la Familia, en relación con las estadísticas de maltrato infantil en Puerto Rico; examinar los métodos de actualización y confiabilidad de las estadísticas recopiladas; examinar el desarrollo de procesos confiables de denuncias de maltrato infantil; identificar los recursos y/o alternativas para establecer y/o mejorar un sistema uniforme y coordinado de recopilación de estadísticas sobre maltrato infantil; y para otros fines relacionados.

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P del S. Núm. 1116

Fecha: 5 de octubre de 2009

Para enmendar los Artículos 3, 5, 8 y 16 de la Ley Núm. 10 de 18 de junio de 1970, según enmendada, conocida como la “Ley de la Compañía de Turismo de Puerto Rico”, a los fines de cambiar la estructura y composición de la Junta de Directores de la Compañía de Turismo, permitirle a la Compañía de Turismo requerirle a sus hospederías endosas [sic] que suministren información estadística necesaria y reglamentar, investigar, intervenir e imponer multas en toda actividad relacionada al turismo náutico, flexibilizar la promoción de adiestramiento a nuestros ciudadanos mediante escuelas hoteleras y de turismo a nivel vocacional y/o especializado, flexibilizar los procesos de vistas públicas en los procesos de reglamentación, reenumerar sus artículos correctamente, aclarar disposiciones; y para otros fines.

Sesión de Diálogo de la Junta de Supervisión y Administración Financiera

Impacto demográfico y proyecciones poblacionales luego del paso de los huracanes Irma y María.

R. del S. 157

Fecha: 8 de junio de 2021

Para ordenar a las Comisiones de Bienestar Social y Asuntos de la Vejez; y de Vida y Familia del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación sobre el maltrato infantil en Puerto Rico, incluyendo, pero sin limitarse a: manejo de las denuncias de maltrato infantil y los servicios otorgados para las víctimas por el Departamento de la Familia, el Departamento de Salud, el Departamento de Educación, la Policía de Puerto Rico y el Departamento de Justicia; la metodología y la recopilación de estadísticas de maltrato infantil en Puerto Rico utilizada por las agencias gubernamentales tales como: el Departamento de la Familia, la Policía de Puerto Rico, el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico; examinar los procesos de actualización y confiabilidad de las estadísticas y los esfuerzos gubernamentales para la prevención del maltrato infantil.