Sesión de Diálogo de la Junta de Supervisión y Administración Financiera

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Impacto demográfico y proyecciones poblacionales luego del paso de los huracanes Irma y María.

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P. de la C. 404 & 850

Para enmendar el Artículo 7 de la Ley 246-2011, según enmendada, conocida como "Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores", a fin de establecer un grupo de trabajo interdisciplinario que evalúe a menores con sospecha de maltrato intrafamiliar, el cual se activará cuando se identifique o se informe sobre una situación donde exista o se sospeche que exista un menor con cualquier trauma, lesión o condición que aparente no ser accidental; ampliar el radio de acción, deberes y funciones del Panel de Revisión de Muertes del Departamento de la Familia; y para otros fines relacionados.P. de la C. 850: Para enmendar la Ley Núm. 246-2011, según enmendada, conocida como “Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores”, a los fines de añadir los Artículos 78 y 79, para establecer programas de desvío a los fines de reeducar y re adiestrar a primeros ofensores que incurren en conducta maltratante o negligente contra menores, y ordenar al Departamento de la Familia a elaborar las

P. de la C. 2165

Fecha: 31 de mayo de 2024

Para enmendar el inciso (l) del Artículo 2.04 de la Ley 20-2017, según enmendada, conocida como “Ley del Departamento de Seguridad Pública de Puerto Rico”, con el propósito de requerir que el Comisionado del Negociado de la Policía de Puerto Rico notificará diariamente a los municipios las estadísticas de los delitos reportados detallados según la naturaleza de estos, que ocurran dentro de sus límites territoriales; y para otros fines relacionados.

P. de la C. Núm. 1921

Fecha: 5 de junio de 2014

Para enmendar la Sección 1031.02 de la Ley 1?2011, según enmendada, conocida como el “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico” a los fines de establecer una exención de contribución sobre ingresos para jóvenes de dieciséis (16) a veintiséis (26) años sobre los primeros cuarenta mil dólares de ingreso bruto generados por servicios prestados; para estableceruna exención total de contribución sobre ingresos, patente municipal y contribución sobre propiedad mueble a los Negocios Nuevos establecidos por jóvenes de dieciséis (16) a veintiséis (26) años sobre los primeros quinientos mil dólares de ingreso bruto generados durante los primeros tres (3) años de operación; ordenar al Banco de Desarrollo Económico para Puerto Rico la creación de un programa de financiamiento de negocios para jóvenes empresarios y emprendedores que permita el refinanciamiento de préstamos de estudios relacionados a la capacidad, especialidad y destrezas requeridas para el establecimiento u operación del negocio...