R. de la C. 596

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Fecha: 12 de enero de 2024

Para ordenar a la Comisión de Relaciones Federales, Internacionales, Estatus y Veterano de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico a realizar una investigación y estudio sobre la obtención y accesibilidad de estadísticas actualizadas de cuántos veteranos(as) residen en Puerto Rico; de igual manera identificar si el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico posee dicha información y la mantiene actualizada a través de los datos producidos por el U.S. Census Bureau; y para otros fines.

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P. de la C. Núm. 1936

Fecha: 12 de abril de 2010

Para enmendar el inciso (j) del Artículo 4 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1979, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Asuntos Federales de Puerto Rico”, a los fines de otorgar a la Agencia la responsabilidad de promover la plena inclusión de Puerto Rico en todas las estadísticas de alcance nacional que produzcan las agencias del Gobierno Federal y los organismos no gubernamentales que reciban fondos federales, para así tener mecanismos de medición que permitan comparar el desarrollo de la Isla con el de los Estados Unidos continentales.

P. del S. 403

Para añadir un nuevo Artículo 115 y reenumerar los actuales Artículos 115 y 116 como los Artículos 116 y 117 respectivamente, de la Ley Núm. 187-2015, según enmendada, conocida como “Ley del Portal Interagencial de Validación para la Concesión de Incentivos para el Desarrollo Económico de Puerto Rico”, a los fines de posponer la efectividad de la Ley y relevar a toda agencia, dependencia o instrumentalidad del Gobierno de Puerto Rico, municipio o corporación pública, que sea considerada como una Agencia Emisora-Certificante o Agencia Receptora-Otorgante, de cumplir con los Artículos 6 al 10 y los Artículos 14 al 112 de la Ley en todo aquello que esté relacionado a la Certificación de Cumplimiento, retroactivamente desde el 17 de noviembre de 2015 hasta el 1ro de enero de 2018; para disponer que toda Agencia Emisora-Certificante o Agencia Receptora-Otorgante deberá continuar aceptando, recibiendo, tramitando, procesando y evaluando solicitudes de incentivos o beneficios contributivos a

P. del S. 1394

Fecha: 5 de junio de 2015

Para enmendar el Artículo 5 de la Ley Núm. 209 de 2003, según enmendada, la cual creó el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, a los fines de establecer que sea deber del Instituto deEstadísticas proveer asistencia técnica a la Universidad de Puerto Rico en la elaboración del “Informe de Desarrollo Humano de Puerto Rico”.