Fecha: 19 de mayo de 2008
Petición presupuestaria para el año fiscal 2008-09 ante el Senado de Puerto Rico.

Fecha: 19 de mayo de 2008
Petición presupuestaria para el año fiscal 2008-09 ante el Senado de Puerto Rico.
Fecha: 3 de marzo de 2025
Para crear la “Ley para la Recuperación de Animales Domésticos” con el propósito de establecer un procedimiento uniforme que facilite y legitime la recuperación de animales domésticos extraviados y encontrados; añadir un nuevo inciso (8) al Artículo 6 de la Ley Núm. 36 de 30 de mayo de 1984, según enmendada, a los fines de crear una página cibernética administrada por la Oficina Estatal de Control Animal (OECA), adscrita al Departamento de Salud, bajo el Programa de Salud Ambiental, donde se publicarán fotografías de los animales con el propósito de cumplir con lo dispuesto en esta Ley y para otros fines relacionados.

Fecha: 31 de mayo de 2022
Para enmendar el Artículo 1.3 de la Ley Núm. 54 del 15 de agosto de 1989, también conocida como la "Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica", a los fines de reconocer la violencia económica como una modalidad de violencia doméstica; para ordenar a la Oficina de la Procuradora de la Mujer, Departamento de la Familia; Departamento de Justicia; Departamento de Educación; Departamento de la Vivienda; Departamento de Desarrollo Económico; Departamento de Salud; Negociado de la Policía; e Instituto de Estadísticas a tomar acciones afirmativas para garantizar la difusión y el cumplimiento con la política pública contra ésta y todas las otras manifestaciones de la violencia doméstica; y para otros fines pertinentes.
Para crear la “Ley de Datos Abiertos del Gobierno de Puerto Rico” a los fines de establecer como principio de política pública el libre acceso a los datos que se originen, conserven o reciban por los organismos gubernamentales y que estos puedan utilizarse y reutilizarse libremente; crear el cargo del Principal Oficial de Datos (“Chief Data Officer”) y establecer sus facultades y deberes; transferir y aclarar las responsabilidades y deberes de la Oficina de Gerencia y Presupuesto; establecer la obligación de los organismos gubernamentales a publicar sus datos públicos en un formato legible por máquina (“machine-readable”), a través del Portal de Interconexión de Datos Abiertos de Puerto Rico; establecer la obligación de los organismos gubernamentales de actualizar sus indicadores estadísticos oficiales y de publicarlos a través del Sistema de Indicadores de Puerto Rico, conforme a las normas que establezca el Principal Oficial de Datos; disponer la facultad del Instituto para regular los formatos en los cuales todo organismo gubernamental guardará la información y entregará los datos; disponer que el Instituto de Estadísticas será la única entidad gubernamental con la facultad paraelaborar toda reglamentación relacionada con la publicación y actualización de estadísticas e índices oficiales; y para derogar la Ley Núm. 69-2005.