Para crear la “Ley de Datos Abiertos del Gobierno de Puerto Rico” a los fines de establecer como principio de política pública el libre acceso a los datos que se originen, conserven o reciban por los organismos gubernamentales y que estos puedan utilizarse y reutilizarse libremente; crear el cargo del Principal Oficial de Datos (“Chief Data Officer”) y establecer sus facultades y deberes; transferir y aclarar las responsabilidades y deberes de la Oficina de Gerencia y Presupuesto; establecer la obligación de los organismos gubernamentales a publicar sus datos públicos en un formato legible por máquina (“machine-readable”), a través del Portal de Interconexión de Datos Abiertos de Puerto Rico; establecer la obligación de los organismos gubernamentales de actualizar sus indicadores estadísticos oficiales y de publicarlos a través del Sistema de Indicadores de Puerto Rico, conforme a las normas que establezca el Principal Oficial de Datos; disponer la facultad del Instituto para regular los formatos en los cuales todo organismo gubernamental guardará la información y entregará los datos; disponer que el Instituto de Estadísticas será la única entidad gubernamental con la facultad paraelaborar toda reglamentación relacionada con la publicación y actualización de estadísticas e índices oficiales; y para derogar la Ley Núm. 69-2005.
Fecha: 26 de mayo de 2009
Para enmendar los incisos (f) y (m) del Artículo 5 de la Ley Núm. 209 de 28 de agosto de 2003, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a los fines de disponer que sea sometido a la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, trimestralmente, el Inventario de Estadísticas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y para que mantenga actualizado un sistema confiable de estadísticas relacionadas a la deserción escolar.
Fecha: 23 de enero de 2015
Para establecer el “Programa de Feria Anual de las Ciencias y Tecnología de la Información” adscrita a la Universidad de Puerto Rico en colaboración con el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico y el Fideicomiso para Ciencia, Tecnología e Investigación; con el propósito de establecer la autogestiónempresarial y la retención de jóvenes talentosos puertorriqueños mediante “Starup; desarrolladoras de software y aplicaciones móviles”; establecer un plan de incentivos para los graduandos seleccionados de universidades acreditadas; crear un fondo especial y establecer su distribución; y para otros fines relacionados.

Fecha: 5 de septiembre de 2013
Para crear la “Ley para Fomentar las Industrias Creativas de Puerto Rico”; añadir un inciso (r) al Artículo 8 de la Ley Núm. 188 de 11 de mayo de 1942, según enmendada, conocida como la Ley de la Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico; añadir un inciso (ff) al Artículo 5.01 de la Ley Núm. 83?1991, según enmendada, conocida como la Ley de Contribución Municipal sobre la Propiedad de 1991; y para otros fines relacionados.

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