Para crear la “Ley de Datos Abiertos del Gobierno de Puerto Rico” a los fines de establecer como principio de política pública el libre acceso a los datos que se originen, conserven o reciban por los organismos gubernamentales y que estos puedan utilizarse y reutilizarse libremente; crear el cargo del Principal Oficial de Datos (“Chief Data Officer”) y establecer sus facultades y deberes; transferir y aclarar las responsabilidades y deberes de la Oficina de Gerencia y Presupuesto; establecer la obligación de los organismos gubernamentales a publicar sus datos públicos en un formato legible por máquina (“machine-readable”), a través del Portal de Interconexión de Datos Abiertos de Puerto Rico; establecer la obligación de los organismos gubernamentales de actualizar sus indicadores estadísticos oficiales y de publicarlos a través del Sistema de Indicadores de Puerto Rico, conforme a las normas que establezca el Principal Oficial de Datos; disponer la facultad del Instituto para regular los formatos en los cuales todo organismo gubernamental guardará la información y entregará los datos; disponer que el Instituto de Estadísticas será la única entidad gubernamental con la facultad paraelaborar toda reglamentación relacionada con la publicación y actualización de estadísticas e índices oficiales; y para derogar la Ley Núm. 69-2005.

Fecha: 5 de marzo de 2014
Para ordenar a la Comisión de Gobierno y a la Comisión de Desarrollo Socio Económico y Planificación de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la recopilación y metodología utilizada por parte de las agencias de la Rama Ejecutiva en relación con la información estadística de interés público, con especial énfasis en las gestiones y deberes de la Junta de Planificación y el Instituto de Estadísticas; examinar los métodos de actualización y confiabilidad de las estadísticas recopiladas por entes gubernamentales; y evaluar los recursos disponibles para la gestión estadística del Estado y el andamiaje jurídico que incide en la misma, con el fin de identificar necesidades, y conocer, si es necesario, realizar cualquier ajuste o enmienda que promueva la pertinencia, objetividad y corrección de la información basada en datos estadísticos; y para otros fines relacionados.
Fecha: 5 de mayo de 2010
Para fomentar la construcción de viviendas de interés social y clase media mediante la fijación de topes en la imposición de arbitrios de construcción sobre proyectos de vivienda de interés social y clase media; estimular la construcción de proyectos de vivienda de interés social y clase media mediante nueva reglamentación interagencial e incorporar mecanismos de medición de la demanda y necesidad de vivienda de interés social y clase media; y para otros fines relacionados.
Fecha: 18 de julio de 2025
Para crear la “Ley para el Establecimiento del Sistema Unificado de Reportes de Incidentes de Violencia de Género en Puerto Rico”, a los fines de desarrollar una plataforma digital estandarizada de recopilación, análisis y monitoreo de datos sobre violencia de género; disponer sobre la integración interagencial de datos provenientes de la Policía de Puerto Rico, el Departamento de Justicia, el Departamento de la Familia, el Departamento de Salud, la Oficina de la Procuradora de las Mujeres y el Poder Judicial; y para otros fines relacionados.

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