Fecha: 3 de noviembre de 2025P. del S. 820: Para crear la Ley de Alfabetización Mediática y Digital de Puerto Rico con el fin de garantizar que el estudiantado del sistema público de enseñanza desarrolle competencias de alfabetización mediática y digital donde se fomente el uso responsable de la tecnología y de la inteligencia artificial (IA), y fortalecer la resiliencia ciudadana ante la desinformación y manipulación digital; y para otros fines relacionados.
Fecha: 17 de abril de 2019P. de la C. 423: Para añadir un nuevo inciso (l), y redesignar el actual inciso (l), como (m), en el Artículo 8 de la Ley 76‐2013, conocida como “Ley del Procurador de las Personas de Edad Avanzada de Puerto Rico”, a los fines de adicionarle nuevas funciones y deberes a la Oficina del Procurador(a) de las Personas de Edad Avanzada, en atención al aumento vertiginoso de abuelos criando nietos; y para otros fines relacionados.
Fecha: 22 de octubre de 2014Para establecer la “Ley de Registro y Estadísticas Vitales de Puerto Rico”, a los fines de establecer la Oficina del Registro de Estadísticas Vitales de Puerto Rico (OREV), la cual ejercerá con plena autonomía fiscal y administrativa; establecer sus funciones y responsabilidades; disponer una cantidad mínima de registros locales; crear el cargo directivo de Registrador Estatal; establecer requisitos mínimos, el término, funciones y facultades del cargo; fijar clausulas transitorias para el traslado y traspaso del capital humano, bienes muebles e inmuebles; implantar un método de seguridad al Sistema de Estadísticas Vitales para propósitos de salud pública, seguridad nacional, entre otros; establecer los procedimientos en el manejo de documentos legales previstos en la ley como lo son los certificados e informes de eventos vitales; imponer controles para elaborar, mantener y divulgar el contenido de los records y reportes vitales bajo su custodia; derogar la Ley Núm. 24 de 22 de abril de 1931, según ...
Fecha: 22 de octubre de 2015Para establecer la “Ley de Registro de Eventos Vitales de Puerto Rico”, a los fines de establecer la Oficina de Registro de Eventos Vitales de Puerto Rico (OREV), adscrita al Departamento de Salud; establecer sus funciones y responsabilidades; disponer una cantidad mínima de registros locales; crear el cargo directivo de Registrador Estatal; establecer requisitos mínimos, el término, funciones y facultades del cargo; implantar un método de seguridad al Sistema de Eventos Vitales para propósitos de salud pública, seguridad nacional, entre otros; establecer los procedimientos en el manejo de documentos legales previstos en la Ley como lo son los certificados e informes de eventos vitales; imponer controles para elaborar, mantener y divulgar el contenido de los récords y reportes vitales bajo su custodia; derogar la Ley Núm. 24 de 22 de abril de 1931, según enmendada, conocida como “Ley del Registro Demográfico de Puerto Rico”; derogar la Ley Núm. 4 de 4 de diciembre de 1947; derogar la Ley Núm. 370 de 13 de may

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