R. de la C. Núm. 442

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Fecha: 14 de abril de 2014

Para ordenar a las Comisiones de Desarrollo Integrado de la Región Este; y a la deAsuntos Laborales y Sistemas de Retiro del Servicio Público de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, realizar una abarcadora investigación sobre la tasa de desempleo, sus causas, y las posibles fuentes de empleo para los municipios de Yabucoa, Maunabo, Patillas y San Lorenzo.

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P. de la C. 73

Para enmendar los Artículos 3, 4, 5, 6, 8, 11, 13 y 21, añadir un nuevo Artículo 22 y reenumerar el Artículo 22 como Artículo 23 de la Ley 209-2003, según enmendada, conocida como la “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a los fines de realizar enmiendas técnicas; disponer que el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico pueda solicitar, aceptar y recibir donativos; establecer que las sumas recaudadas por este concepto podrán ser utilizadas para sufragar los gastos de operación y funcionamiento del Instituto y las actividades estadísticas que el Instituto determine; disponer la facultad de la Junta de Directores del Instituto para aprobar la adquisición de equipo, materiales y servicios cuyo valor exceda la cantidad de cien mil ($100,000) dólares; disponer que la Junta de Directores tendrá como parte de sus deberes y poderes la autoridad para adoptar los estándares éticos aplicables a toda persona que labore en la unidades de estadísticas de los organismos gubernamentales o que asesore, intervenga o colabore con el Servicio de Producción Estadística del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; constituir una unidad de trabajo y destinar los recursos necesarios para, a solicitud de cualquier persona, entidad privada u organismo gubernamental, o la Rama Judicial, ofrecer servicios compensados; clarificar las obligaciones de los organismos gubernamentales en torno al envío de información estadística al Instituto; disponer que el Gobernador incluirá en el presupuesto modelo los cálculos para los gastos corrientes de dicho Instituto, sin revisarlos, que garantice su estabilidad fiscal; crear el Programa de Academias y Talleres del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico; establecer un sistema de certificación de la educación continua como requisito para ocupar y permanecer en un cargo o puesto, u ofrecer consultoría o asesoramiento externo; ordenar al Instituto preparar los formularios necesarios para la notificación por parte de los organismos gubernamentales, y para otros fines relacionados.

P. del S. 359

Para adoptar la “Ley para la Prevención, Protección y Asistencia a las víctimas e Intervención contra la Trata Humana”, con el propósito de proteger y ayudar a las víctimas de trata humana en Puerto Rico; establecer mecanismos para la prevención y encausamiento del crimen de la trata humana; crear la Junta Multisectorial para la Prevención y Remedios contra el Crimen de la Trata Humana en Puerto Rico compuesto por agencias de la Rama Ejecutiva, Legislativa y Judicial, y organizaciones no gubernamentales, para estudiar y monitorear el problema de la trata humana en Puerto Rico y, entre otras cosas, proponer legislación, reglamentos y protocolos para combatir este mal; para viabilizar acuerdos colaborativos entre las agencias; y para establecer términos para entregar informes de tal forma que se puedan atender inmediatamente las recomendaciones establecidas; enmendar el Artículo 7 de la Ley 183-1998, según enmendada, conocida como “Ley para la Compensación a Víctimas de Delito”, a los fin...

P. de la C. 2159

Fecha: 22 de octubre de 2014

Para enmendar los incisos (a), (b) y (e) del artículo 4 de la Ley 214?2004, segúnenmendada, conocida como la “Ley para Crear el Fideicomiso de Ciencia, Tecnología e Investigación de Puerto Rico” a los fines de incorporar como miembro fiduciario al Director de Estadísticas de Puerto Rico, y para otros fines relacionados.