Para ordenarle a la Comisión de Educación, Arte y Cultura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una minuciosa investigación en relación al cumplimiento sobre la implementación en las escuelas públicas del protocolo en casos de acoso escolar (bullying), según lo establece la Carta Circular Núm. 12‐2012‐2013; y para otros fines.
Fecha: 16 de septiembre de 2008
Ante el “House Committee on Government Oversight and Reform” del Congreso de los Estados Unidos.
Fecha: 9 de noviembre de 2010
Para enmendar el Artículo 1.03 de la Ley Núm. 149 de 15 de julio de 1999, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico” a los fines de ordenar al Secretario de Educación rendir anualmente un “Reporte de Deserción Escolar”, al Gobernador, a la Asamblea Legislativa y al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico.
Fecha: 3 de abril de 2013
Para ordenar al Departamento de Educación de Puerto Rico a cumplir en unperiodo no mayor de 90 días con la Ley Núm. 165?2011 que enmendó el Artículo 1.03 de la Ley Núm. 149 de 15 de julio de 1999, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico”, que ordena al Secretario de Educación a proveer información al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico para crear un Sistema de Detección Temprana de Desertores y rendir anualmente un “Reporte de Deserción Escolar” al Gobernador y a la Asamblea Legislativa.

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