P. del S. Núm. 1845

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Fecha: 9 de noviembre de 2010

Para enmendar el Artículo 1.03 de la Ley Núm. 149 de 15 de julio de 1999, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico” a los fines de ordenar al Secretario de Educación rendir anualmente un “Reporte de Deserción Escolar”, al Gobernador, a la Asamblea Legislativa y al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico.

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Petición presupuestaria ante el Senado

Fecha: 1 de junio de 2009

Petición presupuestaria para el año fiscal 2009-10 ante el Senado de Puerto Rico.

R. C. del S. 54

Fecha: 3 de abril de 2013

Para ordenar al Departamento de Educación de Puerto Rico a cumplir en unperiodo no mayor de 90 días con la Ley Núm. 165?2011 que enmendó el Artículo 1.03 de la Ley Núm. 149 de 15 de julio de 1999, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico”, que ordena al Secretario de Educación a proveer información al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico para crear un Sistema de Detección Temprana de Desertores y rendir anualmente un “Reporte de Deserción Escolar” al Gobernador y a la Asamblea Legislativa.

P. de la C. 942

Para enmendar el Artículo 2 y añadir los Artículos 5-A y 5-B a la Ley Núm. 97-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Rehabilitación Vocacional de Puerto Rico”, a los fines de facultar a la Administración de Rehabilitación Vocacional a revisar y actualizar las tablas de subsidio de transportación para estudiantes participantes de sus programas; establecer un mecanismo de revisión periódica y acuerdos interagenciales; y para otros fines relacionados.