R. de la C. 138

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Fecha: 17 de julio de 2025

Para ordenar a la Comisión de Asuntos de la Mujer de la Cámara de Representantes de Puerto Rico realizar una investigación sobre todo asunto relacionado al desarrollo pleno de la mujer en la sociedad, orientada a garantizar y ampliar las oportunidades para que las mujeres tengan acceso a los procesos de formación y capacitación personal, ocupacional y profesional; promover acciones concretas dirigidas a mejorar significativamente las condiciones de vida de las mujeres en sus comunidades; alcanzar una verdadera igualdad, al impulsar, divulgar y ejecutar una política pública de verdadera equidad de género; los derechos legales y constitucionales de la mujer y su situación o estado en la sociedad en los aspectos jurídicos, económicos, políticos y sociales; el discrimen contra la mujer o posible violación de sus derechos legales y constitucionales; feminicidios; las necesidades de las madres solteras y sus familias, de las jóvenes que por razones de violencia, embarazos prematuros o circunstancias económicas, entre otras, optan por abandonar sus estudios, de las mujeres que por maltrato o divorcio requieren de un techo seguro, de las profesionales que requieren apoyo gubernamental para el cuido de sus hijos e hijas y acceso a oportunidades de empleo y actividades empresariales y de las que requieren acceso adecuado a servicios de salud sexual y reproductiva, prenatales, de parto y post-parto; y para otros fines relacionados.

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P. del S. 182

Fecha: 21 de abril de 2021

Para establecer la “Ley de Salario Mínimo de Puerto Rico”, a los fines de permitir que el salario mínimo estatal en Puerto Rico prevalezca sobre el federal mientras sea mayor; crear la Junta Evaluadora del Salario Mínimo adscrita al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, disponer sus facultades y composición; proveer protección para los trabajadores de empresas locales no cubiertas por la Ley Federal de Normas Razonables del Trabajo de 1938; facultar al Secretario del Trabajo y Recursos Humanos a implantar esta Ley; enmendar el Artículo 1; derogar los Artículos 2 y 3; enmendar el actual Artículo 4 y re enumerarlo como nuevo Artículo 2; derogar el inciso (d) del Artículo 5; re enumeran los actuales Artículos 5, 6 y 7 como los nuevos Artículo 3, 4 y 5; enmendar el actual Artículo 8 y re enumerarlo como el nuevo Artículo 6; re enumerar los actuales Artículos 9, 10, 11 y 12 como los nuevos Artículo 7, 8, 9 y 10; enmendar el actual Artículo 13 y re enumerarlo como el nuevo Artículo 11; y re enumerar los actuales Artículos 14, 15, 16, 17 y 18 como los nuevos Artículos 12, 13, 14, 15 y 16 de la Ley 180-1998, según enmendada, a los fines de eliminar toda disposición relacionada a salario mínimo de dicha ley; y para otros fines relacionados.

R. de la C. 108

Para ordenar a la Comisión de Educación, Arte y Cultura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico a realizar una investigación sobre el nivel de cumplimiento del Departamento de Educación de Puerto Rico con lo dispuesto por la Ley 165‐2011, en lo pertinente a los Reportes de Deserción Escolar.

P. de la C. 1648

Fecha: 25 de agosto de 2023

P. de la C. 1648: Para enmendar el Artículo 2.02 de la Ley 168-2019, conocida como “Ley de Armas de 2020”, según enmendada, para establecer topes al número de municiones que se pueden adquirir en un año natural y enmendar la cantidad de municiones adquiridas por una persona que activarán el deber de las armerías de notificar a la Oficina de Licencia de Armas del Negociado de la Policía, así como las facultades de la Policía para investigar a los compradores de las municiones.