R.C. del S. 324

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Para ordenar a cada Municipio de Puerto Rico que designe, en un periodo no mayor de treinta (30) días, al menos un funcionario para colaborar y servir de enlace con el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico en todo lo relacionado a la planificación, elaboración y/o ejecución del Censo 2020 y demás programas relacionados del Negociado del Censo de los Estados Unidos; y para otros fines relacionados

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P. de la C. 2944

Fecha: 25 de mayo de 2016

Para establecer la política pública de acceso a la información y documentación gubernativa; ordenar, organizar y pautar los mecanismos de acceso real; consignar principios e instrumentos de garantía al acceso; establecer la obligación gubernativa de informar y de educar sobre el principio y la práctica de la transparencia gubernativa, el acceso a la información y documentación y a los mecanismos de cómo conseguirla; organizar y reglamentar los mecanismos de creación de expedientes; ordenar la designación de un Oficial de Información en cada ente gubernativo; crear el cargo de Defensor de la Información Pública; crear una Junta Administrativa Revisora de controversias sobre violaciones a esta ley; pautar un procedimiento de Apelación Judicial final a las resoluciones de esta Junta y para otros fines.

P. de la C. 1648

Fecha: 25 de agosto de 2023

P. de la C. 1648: Para enmendar el Artículo 2.02 de la Ley 168-2019, conocida como “Ley de Armas de 2020”, según enmendada, para establecer topes al número de municiones que se pueden adquirir en un año natural y enmendar la cantidad de municiones adquiridas por una persona que activarán el deber de las armerías de notificar a la Oficina de Licencia de Armas del Negociado de la Policía, así como las facultades de la Policía para investigar a los compradores de las municiones.

P. del S. 425

Fecha: 1 de abril de 2025

Para establecer la “Ley para la Atención del Estudiantado con Epilepsia en las Instituciones Escolares Públicas y Privadas de Puerto Rico”; delinear los procesos a los que deben ceñirse las escuelas para manejar crisis epilépticas; garantizar la provisión de acomodos razonables al estudiantado con epilepsia; prohibir el discrimen por razón del diagnóstico de epilepsia; y para decretar otras disposiciones complementarias.