R. C. del S. 190

Memoriales
IEPR
16 December 2025

Fecha: 1 de junio de 2022

Para ordenar al Departamento de la Familia, el Departamento de Educación, la Administración de Salud Mental y Contra la Adicción, el Departamento de Salud y la Policía de Puerto Rico a establecer, en un término de no mayor de 60 días, un plan de emergencia para atender la crisis de abuso y maltrato de menores en Puerto Rico, que incluya, una campaña de educación permanente en los medios de comunicación y en las redes sociales de las agencias; ordenar al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico a realizar convenios de colaboración con el Departamento de la Familia y la Policía de Puerto Rico para publicar un Perfil Anual de Maltrato de Menores, en un término de 180 días; ordenar al Negociado de Telecomunicaciones de Puerto Rico convocar a las empresas de tecnología y proveedores de telecomunicaciones a realizar gestiones para asegurar las seguridad de los niños en el ciberespacio, brindar acceso a los niños a líneas gratuitas de ayuda, utilizar sus plataformas para promover campañas de prevención del maltrato y abuso de menores; ordenar al Departamento de la Vivienda a comenzar campañas educativas y ofrecer talleres de orientación sobre abuso y maltrato de menores para todos los residentes y participantes de su programas; y para otros fines.

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Petición presupuestaria ante la Cámara

Fecha: 19 de mayo de 2008Petición presupuestaria para el año fiscal 2008-09 ante la Cámara de Representantes.

P. de la C. Núm. 1936

Fecha: 12 de abril de 2010Para enmendar el inciso (j) del Artículo 4 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1979, según enmendada, conocida como “Ley de la Administración de Asuntos Federales de Puerto Rico”, a los fines de otorgar a la Agencia la responsabilidad de promover la plena inclusión de Puerto Rico en todas las estadísticas de alcance nacional que produzcan las agencias del Gobierno Federal y los organismos no gubernamentales que reciban fondos federales, para así tener mecanismos de medición que permitan comparar el desarrollo de la Isla con el de los Estados Unidos continentales.

R. del S. 49

Fecha: 6 de marzo de 2013Para ordenar a la Comisión de Salud y Nutrición; y a la Comisión de Educación,Formación y Desarrollo del Individuo del Senado de Puerto Rico realizar una investigación en relación a la administración del examen de reválida para los aspirantes a médicos, a los fines de determinar si el mismo ha sido administrado de conformidad a lo dispuesto en la Ley 139?2008, conocida como “Ley de la Junta de Licenciamiento y Disciplina Médica”; y a los criterios que se aplican en los Estados Unidos para el mismo tipo de examen que se ofrece en Puerto Rico.