R.C. del S. 184

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Fecha: 4 de octubre de 2018R.C. del S. 184: Para ordenar al Departamento de Salud y al Instituto de Ciencias Forenses realizar una investigación e informar si poseen estadísticas sobre los adolescentes que han fallecido como consecuencia de tomar bebidas energizantes en Puerto Rico, incluyendo y sin limitarse a los efectos y los químicos que contienen estas bebidas.

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P. de la C. 1520

Para enmendar el Artículo 5 de la Ley 97 - 2018, conocida como "Carta de Derechos de las Personas que tienen el Síndrome de Down", a los fines de imponerle al Departamento de Salud, la obligación de establecer una clínica externa permanente, dirigida a proveerle todos los servicios necesarios e indispensables para la cabal atención y tratamiento de las personas de cero (0) año en adelante, con la condición de Síndrome de Down; disponer sobre la creación y manejo de un registro de personas con Síndrome Down, con el propósito de que el Estado mantenga estadísticas oficiales y cree un perfil de los casos que existen en Puerto Rico con esta condición; y para otros fines relacionados.

R. de la C. 71

Para ordenar a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una abarcadora evaluación del funcionamiento administrativo y organizacional de las oficinas, instrumentalidades, juntas, departamentos, corporaciones públicas y agencias gubernamentales, así como el manejo presupuestario y la calidad de los servicios que éstos le brindan a la ciudadanía, con el propósito de identificar alternativas y presentar recomendaciones que produzcan un mejoramiento del sistema gubernamental puertorriqueño; y para otros fines relacionados.

P. de la C. 2104

Fecha: 10 de febrero de 2015

Para añadir un inciso (l) al Artículo 8 de la Ley 209?2003, según enmendada, conocida como la “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a los fines de disponer que la Junta de Directores tendrá como parte de sus deberes y poderes la autoridad para adoptar los estándares éticos aplicables a toda persona que labore en la unidades de estadísticas de los organismos gubernamentales o que asesore, intervenga o colabore con el Servicio de Producción Estadística del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y para otros fines.