Fecha: 30 de mayo de 2012
Petición presupuestaria del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico para el Año Fiscal 2012-13

Fecha: 30 de mayo de 2012
Petición presupuestaria del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico para el Año Fiscal 2012-13
Fecha: 24 de septiembre de 2014
Para crear la "Ley de Libertad al Conocimiento", a fin de declarar la naturaleza pública de todo estudio, producto de una investigación costeada con fondos públicos, estatales o federales con el propósito de expandir la política pública de gobierno de transparencia basado en el acceso a información y estadísticas públicas y confiables; garantizar el acceso al público en general a todo estudio producto de una investigación costeada con fondos públicos, estatales o federales; establecer responsabilidades, excepciones, penalidades y procedimientos obligatorios y delegar las garantías de esta Ley al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico.
Fecha: 22 de octubre de 2015
Para establecer la “Ley de Registro de Eventos Vitales de Puerto Rico”, a los fines de establecer la Oficina de Registro de Eventos Vitales de Puerto Rico (OREV), adscrita al Departamento de Salud; establecer sus funciones y responsabilidades; disponer una cantidad mínima de registros locales; crear el cargo directivo de Registrador Estatal; establecer requisitos mínimos, el término, funciones y facultades del cargo; implantar un método de seguridad al Sistema de Eventos Vitales para propósitos de salud pública, seguridad nacional, entre otros; establecer los procedimientos en el manejo de documentos legales previstos en la Ley como lo son los certificados e informes de eventos vitales; imponer controles para elaborar, mantener y divulgar el contenido de los récords y reportes vitales bajo su custodia; derogar la Ley Núm. 24 de 22 de abril de 1931, según enmendada, conocida como “Ley del Registro Demográfico de Puerto Rico”; derogar la Ley Núm. 4 de 4 de diciembre de 1947; derogar la Ley Núm. 370 de 13 de may
Fecha: 1 de noviembre de 2022
Para enmendar los Artículos 2, 3 y 5, añadir los Artículos 16 y 23 y renumerar los actuales Artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22 de la Ley 209-2003, según enmendada, conocida como la Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, como los Artículos 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 24, respectivamente, a los fines de disponer para la creación de la Oficina para la Evaluación y Seguimiento a la Implementación y los Resultados de las Políticas Públicas del Gobierno de Puerto Rico, adscrita al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, definir su estructura y funciones; y para otros fines relacionados.