Para añadir un nuevo Artículo 115 y reenumerar los actuales Artículos 115 y 116 como los Artículos 116 y 117 respectivamente, de la Ley Núm. 187-2015, según enmendada, conocida como “Ley del Portal Interagencial de Validación para la Concesión de Incentivos para el Desarrollo Económico de Puerto Rico”, a los fines de posponer la efectividad de la Ley y relevar a toda agencia, dependencia o instrumentalidad del Gobierno de Puerto Rico, municipio o corporación pública, que sea considerada como una Agencia Emisora-Certificante o Agencia Receptora-Otorgante, de cumplir con los Artículos 6 al 10 y los Artículos 14 al 112 de la Ley en todo aquello que esté relacionado a la Certificación de Cumplimiento, retroactivamente desde el 17 de noviembre de 2015 hasta el 1ro de enero de 2018; para disponer que toda Agencia Emisora-Certificante o Agencia Receptora-Otorgante deberá continuar aceptando, recibiendo, tramitando, procesando y evaluando solicitudes de incentivos o beneficios contributivos a
Para enmendar los Artículos 3, 10, 12 y 13 de la Ley Núm. 20-2012, según enmendada, conocida como la “Ley para Fomentar la Exportación de Servicios” a los fines de incluir los servicios de turismo médico y facilidades de telemedicina como parte de los servicios elegibles bajo la Ley; eliminar restricciones burocráticas y requisitos que limitan la concesión de incentivos contributivos a los solicitantes de éstos, con el fin de promover mayor participación de aquellas personas que desean invertir para exportar sus servicios fuera de la Isla, en aras de fomentar el desarrollo económico de Puerto Rico; y para otros fines relacionados.

Fecha: 8 de julio de 2014
Para establecer la Política Pública de Ciencia, Tecnología e Innovación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a fin de fomentar el desarrollo económico, definir la implementación de dicha Política Pública; establecer el Consejo Asesor para la Evaluación de Resultados de la Política Pública de Ciencia, Tecnología e Innovación de Puerto Rico; enmendar el inciso (a) del Artículo 3 de la Ley 214?2004, según enmendada, conocida como la “Ley para Crear el Fideicomiso de Ciencia, Tecnología e Investigación de Puerto Rico” y para otros fines relacionados.
Fecha: 14 de julio de 2023
P. de la C. 1666: Para añadir un nuevo Artículo 519 a la Ley Núm. 4 de 23 de junio de 1971, según enmendada, conocida como “Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico”, con el fin de mantener un registro y estadísticas de las personas intervenidas y procesadas por la posesión y/o distribución de sustancias controladas que especifique la edad, vecindad, profesión, escolaridad y estado civil de la persona intervenida o procesada y la sustancia o sustancias controladas y su respectiva cantidad o cantidades por la cual se intervino, se procesó o se está procesando criminalmente a una persona.

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