P. del S. 182

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Fecha: 21 de abril de 2021

Para establecer la “Ley de Salario Mínimo de Puerto Rico”, a los fines de permitir que el salario mínimo estatal en Puerto Rico prevalezca sobre el federal mientras sea mayor; crear la Junta Evaluadora del Salario Mínimo adscrita al Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, disponer sus facultades y composición; proveer protección para los trabajadores de empresas locales no cubiertas por la Ley Federal de Normas Razonables del Trabajo de 1938; facultar al Secretario del Trabajo y Recursos Humanos a implantar esta Ley; enmendar el Artículo 1; derogar los Artículos 2 y 3; enmendar el actual Artículo 4 y re enumerarlo como nuevo Artículo 2; derogar el inciso (d) del Artículo 5; re enumeran los actuales Artículos 5, 6 y 7 como los nuevos Artículo 3, 4 y 5; enmendar el actual Artículo 8 y re enumerarlo como el nuevo Artículo 6; re enumerar los actuales Artículos 9, 10, 11 y 12 como los nuevos Artículo 7, 8, 9 y 10; enmendar el actual Artículo 13 y re enumerarlo como el nuevo Artículo 11; y re enumerar los actuales Artículos 14, 15, 16, 17 y 18 como los nuevos Artículos 12, 13, 14, 15 y 16 de la Ley 180-1998, según enmendada, a los fines de eliminar toda disposición relacionada a salario mínimo de dicha ley; y para otros fines relacionados.

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P. del S. Núm. 1245

Fecha: 28 de enero de 2011

Para ordenar al Departamento de Salud, al Departamento de la Familia, al Departamento del Trabajo y su Administración de Rehabilitación Vocacional y al Departamento de Educación, en coordinación y bajo los estándares adoptados por el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico creado bajo la Ley Núm. 209 de 28 de agosto de 2003, según enmendada que realicen un estudio estadístico sobre cuántas personas han sido diagnosticadas con la condición de autismo en Puerto Rico que reciben servicios de estos Departamentos y para la creación de un Registro permanente, a esos fines.

P. de la C. 2329

Fecha: 18 de marzo de 2015

Para crear la “Ley de Transformación al Sistema Contributivo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, también conocida como el Código de Rentas Internas de 2015, a los fines de establecer un sistema contributivo en uno más simple, justo, efectivo, de base amplia, fácil de fiscalizar y que promueva el desarrollo económico; reducir significativamente las tasas de contribución sobre ingresos a individuos y corporaciones; eliminar el impuesto sobre ventas y uso; establecer un impuesto sobre el valor añadido; para establecer disposiciones transitorias para la derogación de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011; para otros fines relacionados.

R. de la C. 1180

Para ordenar a la Comisión de Desarrollo Integrado de la Región Oeste de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar un estudio abarcador sobre los negocios ambulantes (food trucks) en el Oeste de Puerto Rico, el cual deberá comprender un análisis de la regulación estatal y municipal que actualmente le aplica a este tipo de negocios y la viabilidad de uniformar en un solo estatuto la materia.