P. de la C. Núm.1361

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Fecha: 20 de noviembre de 2013

Para enmendar el inciso (d) del Artículo 8 de la Ley 78?2013, conocida como “Ley del Procurador de las Personas con Impedimentos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico” a los fines de incluir expresamente dentro de los deberes y responsabilidades de dicha oficina el crear un Sistema Integrado de Cumplimiento Laboral, que servirá como instrumento continuo de fiscalización y ajustede la política pública, programas, beneficios, recursos, incentivos y servicios para las personas con impedimentos en el área de empleo y en oportunidades empresariales, comerciales, cooperativistas y actividades económicas relacionadas, públicas o privadas; así como para otros fines.

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P. del S. 16

Fecha: 24 de febrero de 2017

Para enmendar el Artículo 21 de la Ley Núm. 209-2003, según enmendada, conocida como la “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a fin de disponer que el Gobernadorincluirá en el presupuesto modelo los cálculos para los gastos corrientes de dicho Instituto, sin revisarlos, que garantice su estabilidad fiscal, en armonía con la autonomía que se le concede por Ley; y establecer la vigencia de la Ley.

P. del S. 15

Para añadir un nuevo Artículo 20 de la Ley Núm. 209-2003, según enmendada, conocida como la Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, a los fines de disponer por ley elPrograma de Academias y Talleres del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico; establecer un sistema de certificación de la educación continua como requisito para ocupar y permanecer en uncargo o puesto, u ofrecer consultoría o asesoramiento externa, con la responsabilidad de colaborar o recopilar datos o elaborar productos estadísticos en las unidades estadísticas de los organismos gubernamentales; corregir un error técnico en el inciso (i) del Artículo 5 de la citada Ley; reenumerar los subsiguientes artículos; y para otros fines.

P. de la C. 1926

Fecha: 22 de diciembre de 2023

Para enmendar el Artículo 3 de la Ley 209-2003, según enmendada, conocida como ‘’Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico’’ con el fin de disponer que la Oficina del Contralor establezca a su discreción la frecuencia de las auditorías de las cuentas y operación del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico.