Para enmendar el Artículo 2 y añadir los Artículos 5-A y 5-B a la Ley Núm. 97-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Rehabilitación Vocacional de Puerto Rico”, a los fines de facultar a la Administración de Rehabilitación Vocacional a revisar y actualizar las tablas de subsidio de transportación para estudiantes participantes de sus programas; establecer un mecanismo de revisión periódica y acuerdos interagenciales; y para otros fines relacionados.


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