P. de la C. 942

Memoriales
IEPR
04 March 2026

Para enmendar el Artículo 2 y añadir los Artículos 5-A y 5-B a la Ley Núm. 97-2000, según enmendada, conocida como “Ley de Rehabilitación Vocacional de Puerto Rico”, a los fines de facultar a la Administración de Rehabilitación Vocacional a revisar y actualizar las tablas de subsidio de transportación para estudiantes participantes de sus programas; establecer un mecanismo de revisión periódica y acuerdos interagenciales; y para otros fines relacionados.

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P. de la C. 703

Fecha: 26 de mayo de 2009

Para enmendar los incisos (f) y (m) del Artículo 5 de la Ley Núm. 209 de 28 de agosto de 2003, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a los fines de disponer que sea sometido a la Asamblea Legislativa de Puerto Rico, trimestralmente, el Inventario de Estadísticas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y para que mantenga actualizado un sistema confiable de estadísticas relacionadas a la deserción escolar.

P. de la C. 918

Para enmendar los Artículos 8 y 10 de la Ley Núm. 85-2017, según enmendada, conocida como “Ley Contra el Hostigamiento e Intimidación o ‘Bullying’ del Gobierno de Puerto Rico” o “Ley Alexander Santiago Martínez”; enmendar el inciso (i) del Artículo 9.07 de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”; añadir un nuevo inciso (d); y renumerar los actuales incisos (d) al (u) como incisos (e) al (v) del Artículo 5 de la Ley Núm. 209-2003, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a fin de que los datos obtenidos y remitidos en el informe anual sobre la notificación de los casos de acoso, entre ellos, “bullying” y ciberacoso “cyberbullying”, en las escuelas públicas, privadas, instituciones de educación superior y universidades, sean remitidos simultáneamente por los Secretarios de Educación y de Estado al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, para su interpretación estadística por materia, de modo que puedan implementarse uniformemente las políticas públicas para la prevención y prohibición del acoso; entregar posteriormente a las Secretarías de la Cámara de Representantes y del Senado de Puerto Rico; realizar correcciones gramaticales y de estilo; y atemperar a la legislación vigente.

R.C. del S. 184

Fecha: 4 de octubre de 2018R.C. del S. 184: Para ordenar al Departamento de Salud y al Instituto de Ciencias Forenses realizar una investigación e informar si poseen estadísticas sobre los adolescentes que han fallecido como consecuencia de tomar bebidas energizantes en Puerto Rico, incluyendo y sin limitarse a los efectos y los químicos que contienen estas bebidas.