P. de la C. 562

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Fecha: 22 de mayo de 2025

Para enmendar el Artículo 2.01 del Capítulo 2 de la Ley Núm. 122-2017, conocida como “Ley del Nuevo Gobierno de Puerto Rico”, y el primer párrafo del Artículo 3 de la Ley Núm. 209-2003, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, con el propósito de incluir al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico entre las entidades exentas de las disposiciones de la referida Ley Núm. 122 y manifestar expresamente en dichas leyes tal exclusión, a fin de preservar la naturaleza del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico como entidad autónoma administrativa y fiscalmente de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico; y realizar correcciones técnicas.

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P. del S. Núm. 655

Fecha: 5 de septiembre de 2013

Para crear la “Ley para Fomentar las Industrias Creativas de Puerto Rico”; añadir un inciso (r) al Artículo 8 de la Ley Núm. 188 de 11 de mayo de 1942, según enmendada, conocida como la Ley de la Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico; añadir un inciso (ff) al Artículo 5.01 de la Ley Núm. 83?1991, según enmendada, conocida como la Ley de Contribución Municipal sobre la Propiedad de 1991; y para otros fines relacionados.

R. C. de la C. 120

Fecha: 13 de diciembre de 2021

Para ordenar al Departamento de la Familia, al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico y al Negociado de la Policía de Puerto Rico a proveer toda estadística disponible sobre la incidencia de maltrato y explotación infantil en Puerto Rico desde el 1 de marzo de 2020, mes que comenzó el cierre y toque de queda por motivos del COVID-19, hasta el 31 de marzo de 2021; proveer el plan de acción para atender y combatir el maltrato y explotación infantil; y para otros fines relacionados.

R. del S. 68

Fecha: 3 de mayo de 2021

Para ordenar a las Comisiones de Bienestar Social y Asuntos de la Vejez; y de Educación, Turismo y Cultura a conducir una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento de las Leyes 136-1996, 80-2002, 181-2014, 78-2018, 173-2018, 174-2018 y 266-2018, por parte de todas las agencias públicas del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. También deben investigar si el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, de conformidad con su ley habilitadora, Ley 209-2003, recopila y analiza datos relacionados a la cantidad de personas en Puerto Rico que están adiestrados en lenguajes de señas.