P. de la C. 2329

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Fecha: 18 de marzo de 2015

Para crear la “Ley de Transformación al Sistema Contributivo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, también conocida como el Código de Rentas Internas de 2015, a los fines de establecer un sistema contributivo en uno más simple, justo, efectivo, de base amplia, fácil de fiscalizar y que promueva el desarrollo económico; reducir significativamente las tasas de contribución sobre ingresos a individuos y corporaciones; eliminar el impuesto sobre ventas y uso; establecer un impuesto sobre el valor añadido; para establecer disposiciones transitorias para la derogación de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011; para otros fines relacionados.

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R.C. del S. 265

Para ordenar al Secretario de Salud de Puerto Rico a realizar un censo concentrado en los ciudadanos no videntes que residen en la Isla; y para otros fines relacionados.

P. de la C. 2532

Fecha: 10 de febrero de 2016

Para disponer que toda asociación de residentes o condóminos legalmente constituida de cualquier condominio, urbanización o complejo de vivienda organizado bajo el régimen de propiedad horizontal o sujeto a condiciones restrictivas opcionales por su escritura, o a un control de acceso, deberá recopilar un perfil estadístico y demográfico del desarrollo, a ser sometido al Departamento de Asuntos del Consumidor; que un formato uniforme para dicho perfil será diseñado por el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico en colaboración con el Departamento de Asuntos del Consumidor de modo que la información pueda compilarse en un informe global; definir la información que esos perfiles habrán de contener, disponer los términos de su preparación, publicación y difusión y el proceso de reglamentación a tales fines.

R. C. del S. 190

Para ordenar al Departamento de la Familia, el Departamento de Educación, la Administración de Salud Mental y Contra la Adicción, el Departamento de Salud y la Policía de Puerto Rico a establecer, en un término de no mayor de 60 días, un plan de emergencia para atender la crisis de abuso y maltrato de menores en Puerto Rico, que incluya, una campaña de educación permanente en los medios de comunicación y en las redes sociales de las agencias; ordenar al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico a realizar convenios de colaboración con el Departamento de la Familia y la Policía de Puerto Rico para publicar un Perfil Anual de Maltrato de Menores, en un término de 180 días; ordenar al Negociado de Telecomunicaciones de Puerto Rico convocar a las empresas de tecnología y proveedores de telecomunicaciones a realizar gestiones para asegurar las seguridad de los niños en el ciberespacio, brindar acceso a los niños a líneas gratuitas de ayuda, utilizar sus plataformas para promover campañas de prevención del maltrato y abuso de menores; ordenar al Departamento de la Vivienda a comenzar campañas educativas y ofrecer talleres de orientación sobre abuso y maltrato de menores para todos los residentes y participantes de su programas; y para otros fines.