P. de la C. 1750

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Fecha: 12 de junio de 2023

Para crear la “Ley para Instituir el Nuevo Modelo de Enseñanza Creando Ciudadanos” como una metodología educativa alterna en las escuelas del Departamento de Educación; establecer su propósito y política pública; disponer los lineamientos de la metodología de enseñanza; estructurar las métricas e instrumentos de evaluación; autorizar un horario extendido y ampliar el ofrecimiento académico desde el periodo maternal; viabilizar un programa extracurricular novel adaptado al siglo XXI; autorizar un registro de entidades adscritas y diseñar un acuerdo colaborativo permanente; crear la “Secretaría Auxiliar de Creando Ciudadanos”; exponer su propósito, funciones, deberes y responsabilidades; establecer las responsabilidades del personal docente bajo esta reformulación doctrinal; sentar las bases para su autonomía financiera y brindar acceso directo a fondos municipales, estatales y federales; reconocer la facultad de adoptar reglamentos; enmendar los Artículos 2.01, 2.04, 2.05 y 7.01 de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”; añadir un nuevo inciso E a la Sección 1033.10(a)(1), y añadir un nuevo inciso (v) a la Sección 1033.15(a)(3)(B) de la Ley 1-2011, según enmendada, conocida como “Código de Rentas Internas para un Nuevo Puerto Rico”, a los fines de establecer créditos contributivos para empresas que aporten recursos económicos o humanos a este nuevo modelo académico y permitir una deducción mediante donación o aportación por los gastos incidentales por aportaciones realizadas mediante el acuerdo colaborativo con las escuelas participantes del modelo de enseñanza “Creando Ciudadanos”; y para otros fines relacionados.

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P. del S. 680

Para enmendar los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 22, 23, 24, 25, 26, 27; y añadir un nuevo artículo 19A a la Ley Núm. 134 de 28 de junio de 1969, según enmendada, conocida como “Ley de Explosivos de Puerto Rico”, con el propósito de establecer un marco regulatorio moderno, ágil y armonizado con los estándares federales e internacionales para la manufactura, uso, posesión, almacenaje, transportación, venta, traspaso y disposición de explosivos y sustancias reguladas; reestructurar el esquema tarifario para reflejar los costos reales asociados a la expedición de permisos, operaciones de supervisión, inspección y fiscalización; y para otros fines relacionados.

P. de la C. 73

Para enmendar los Artículos 3, 4, 5, 6, 8, 11, 13 y 21, añadir un nuevo Artículo 22 y reenumerar el Artículo 22 como Artículo 23 de la Ley 209-2003, según enmendada, conocida como la “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a los fines de realizar enmiendas técnicas; disponer que el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico pueda solicitar, aceptar y recibir donativos; establecer que las sumas recaudadas por este concepto podrán ser utilizadas para sufragar los gastos de operación y funcionamiento del Instituto y las actividades estadísticas que el Instituto determine; disponer la facultad de la Junta de Directores del Instituto para aprobar la adquisición de equipo, materiales y servicios cuyo valor exceda la cantidad de cien mil ($100,000) dólares; disponer que la Junta de Directores tendrá como parte de sus deberes y poderes la autoridad para adoptar los estándares éticos aplicables a toda persona que labore en la unidades de estadísticas de los organismos gubernamentales o que asesore, intervenga o colabore con el Servicio de Producción Estadística del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; constituir una unidad de trabajo y destinar los recursos necesarios para, a solicitud de cualquier persona, entidad privada u organismo gubernamental, o la Rama Judicial, ofrecer servicios compensados; clarificar las obligaciones de los organismos gubernamentales en torno al envío de información estadística al Instituto; disponer que el Gobernador incluirá en el presupuesto modelo los cálculos para los gastos corrientes de dicho Instituto, sin revisarlos, que garantice su estabilidad fiscal; crear el Programa de Academias y Talleres del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico; establecer un sistema de certificación de la educación continua como requisito para ocupar y permanecer en un cargo o puesto, u ofrecer consultoría o asesoramiento externo; ordenar al Instituto preparar los formularios necesarios para la notificación por parte de los organismos gubernamentales, y para otros fines relacionados.

R. del S. 334

Para ordenar a las Comisiones de Familia, Mujer, Personas de la Tercera Edad y Población con Diversidad Funcional e Impedimentos; y de Salud del Senado de Puerto Rico a realizar una investigación sobre el abandono de adultos mayores en hospitales, cantidad de casos, zonas o municipios más impactados, las razones y su impacto en la industria hospitalaria, así como que brinden posibles alternativas y protocolos que se deben implementar para eliminar esta práctica; y para otros fines relacionados.