P. del S. Núm. 610

Memoriales
IEPR
17 December 2025

Fecha: 3 de febrero de 2010

Para establecer la política pública para reconocer el reto demográfico proyectado como un meritorio de la más alta prioridad para la asignación de recursos económicos, tecnológicos e intelectuales; designar un Comité Multisectorial y Multidisciplinario de gobierno, academia, y empresa privada para esbozar un plan de trabajo integral y comprensivo para enfrentar este reto; designar una Junta Interagencial de Población; designar a la Junta de Planificación como la agencia gubernamental eje para el desarrollo del plan de trabajo dirigido a atender la problemática demográfica; y para otros fines relacionados.

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Memorial Explicativo para la vista pública "Protección de Menores en Entornos Digitales"

Memorial Explicativo solicitado por la Comisión Conjunta para la Revisión Continua del Código Penal de Puerto Rico para la vista pública titulada "Protección de Menores en Entornos Digitales: Identificación de Lagunas Jurídicas en el Código Penal de Puerto Rico respecto a Grooming en Fases Preparatorias, Acoso Cibernético(Cyberbullying) como Delito Autónomo y Sextorsión de Menores

R. del S. 140

Fecha: 1 de septiembre de 2021

Para ordenar a la Comisión de Asuntos de las Mujeres del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación y análisis sobre el estigma, discrimen y la invisibilización de las mujeres adultas mayores de sesenta años en Puerto Rico y cómo la intersección del edadismo y el sexismo afectan su bienestar, derechos, y oportunidades en los ámbitos emocionales, sociales, familiares, legales, financieros y salubristas, así como los servicios disponibles por parte de agencias gubernamentales y de entidades sin fines de lucro y privadas.

P. de la C. 1448

Fecha: 2 de noviembre de 2022

Para enmendar los Artículos 3, 4, 5, 6, 8, 11, 13 y 21, añadir un nuevo Artículo 22 y reenumerar el Artículo 22 como Artículo 23 de la Ley 209-2003, según enmendada, conocida como la “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a los fines de realizar enmiendas técnicas; disponer que el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico pueda solicitar, aceptar y recibir donativos; establecer que las sumas recaudadas por este concepto podrán ser utilizadas para sufragar los gastos de operación y funcionamiento del Instituto y las actividades estadísticas que el Instituto determine; disponer la facultad de la Junta de Directores del Instituto para aprobar la adquisición de equipo, materiales y servicios cuyo valor exceda la cantidad de cien mil ($100,000) dólares; disponer que la Junta de Directores tendrá como parte de sus deberes y poderes la autoridad para adoptar los estándares éticos aplicables a toda persona que labore en la unidades de estadísticas de los organismos gubernamentales o que asesore, intervenga o colabore con el Servicio de Producción Estadística del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; clarificar las obligaciones de los organismos gubernamentales en torno al envío de información estadística al Instituto; disponer que el Gobernador incluirá en el presupuesto modelo los cálculos para los gastos corrientes de dicho Instituto, sin revisarlos, que garantice su estabilidad fiscal; crear el Programa de Academias y Talleres del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico; establecer un sistema de certificación de la educación continua como requisito para ocupar y permanecer en un cargo o puesto, u ofrecer consultoría o asesoramiento externo; ordenar al Instituto preparar los formularios necesarios para la notificación por parte de los organismos gubernamentales, y para otros fines relacionados.