No existe un informe estadístico como tal, solamente existe un listado con los nombres de los clubs de tiros establecidos, nombres de sus dueño, dirección física y/o postal, dirección electronica, numero de telefonos, numeros de licencia y fecha de renovación. Estos datos son con el propósito de verificar la fecha de renovación, para notificar a estos e enviarle vía email, los documentos para tales propósitos. No es un informe estadísticos, es la expedición de una certificación, o sea, una licencia para continuar con el negocio, con vigencia de dos años, que es la parte que le correspende a la Policia de Puerto Rico.
De acuerdo al Artículo 3.02 de la Ley de Armas de Puerto Rico, se concederán licencias para clubes de tiro solo a aquellos clubes dedicados al deporte del tiro al blanco que estén constituidos conforme a lo dispuesto en esta Ley. La solicitud de licencias para estos casos deberá solicitarla el dueño (a). Esta licencia permitirá la práctica del deporte por dos (2) años, solamente en el sitio o lugares destinados para ello por el Departamento de Recreación y Deporte.