El informe estadístico de la OPP será un producto del Sistema Electrónico del Paciente (SEPP). La base de datos del SEPP es alimentado directamente según las intervenciones realizadas por los oficiales de orientación, oficiales de querellas y mediadores, así como de otro personal autorizado de la Procuraduría Auxiliar de Asuntos Programáticos y la Procuraduría Auxiliar de Asuntos Legales. Del SEPP se producirá un informe estadístico, que puede ser generado mensual, trimestral o anualmente, según requerido por la alta gerencia. El informe estadístico se extraerá de la base de datos del SEPP, la cual consiste de múltiples pantallas que en conjunto resultarán en el resumen de reportes y estadísticas de las intervenciones de la OPP en el registro, atención, investigación y resolución de querellas conforme a lo estipulado en la Ley 77-2013, la cual crea la Oficina del Procurador del Paciente y la Ley 194-2000 que establece la "Carta de Derechos y Responsabilidades del Paciente".