P. del S. Núm. 708

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Fecha: 3 de marzo de 2014

Para enmendar el Artículo 2; añadir unos nuevos sub incisos (l), (m), (n) y (o) alinciso (d) y se enmienda el inciso (e) del Artículo 3; y enmendar el Artículo 6 de la Ley Núm. 199?2010, conocida como la “Ley del Reto Demográfico”, a los fines de incluir a la Oficina del Procurador de las Personas de Edad Avanzada, a la Oficina de Gerencia y Presupuesto y al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico entre las entidades gubernamentales y privadas que componen el Comité Multisectorial y Multidisciplinario de gobierno, academia y empresa privada; y para otros fines.

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P. de la C. 404 & 850

Para enmendar el Artículo 7 de la Ley 246-2011, según enmendada, conocida como "Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores", a fin de establecer un grupo de trabajo interdisciplinario que evalúe a menores con sospecha de maltrato intrafamiliar, el cual se activará cuando se identifique o se informe sobre una situación donde exista o se sospeche que exista un menor con cualquier trauma, lesión o condición que aparente no ser accidental; ampliar el radio de acción, deberes y funciones del Panel de Revisión de Muertes del Departamento de la Familia; y para otros fines relacionados.P. de la C. 850: Para enmendar la Ley Núm. 246-2011, según enmendada, conocida como “Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores”, a los fines de añadir los Artículos 78 y 79, para establecer programas de desvío a los fines de reeducar y re adiestrar a primeros ofensores que incurren en conducta maltratante o negligente contra menores, y ordenar al Departamento de la Familia a elaborar las

P. del S. 20

Fecha: 24 de febrero de 2017

Para enmendar el Artículo 5 de la Ley 143-2014, “Ley del Protocolo para Garantizar la Comunicación Efectiva entre los Componentes de Seguridad del Estado Libre Asociado de PuertoRico y del Sistema de Información de Justicia Criminal”, para incluir al Director Ejecutivo del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico como miembro del Comité Intergubernamental del Sistema de Información de Justicia Criminal; y para otros fines necesarios y relacionados.

R. C. de la C. 133

Para ordenar al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico una abarcadora investigación exhaustiva y detallada sobre las necesidades y deficiencias presentes en las distintas áreas del sistema de salud de Puerto Rico con el propósito de dirigir de manera más eficiente los esfuerzos y recursos del Gobierno a los asuntos de mayor prioridad.