P. del S. Núm. 1032

Memoriales
IEPR
17 December 2025

Fecha: 8 de julio de 2014

Para establecer la Política Pública de Ciencia, Tecnología e Innovación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a fin de fomentar el desarrollo económico, definir la implementación de dicha Política Pública; establecer el Consejo Asesor para la Evaluación de Resultados de la Política Pública de Ciencia, Tecnología e Innovación de Puerto Rico; enmendar el inciso (a) del Artículo 3 de la Ley 214?2004, según enmendada, conocida como la “Ley para Crear el Fideicomiso de Ciencia, Tecnología e Investigación de Puerto Rico” y para otros fines relacionados.

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R. de la C. Núm. 654

Fecha: 5 de marzo de 2014

Para ordenar a la Comisión de Gobierno y a la Comisión de Desarrollo Socio Económico y Planificación de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico realizar una investigación exhaustiva sobre la recopilación y metodología utilizada por parte de las agencias de la Rama Ejecutiva en relación con la información estadística de interés público, con especial énfasis en las gestiones y deberes de la Junta de Planificación y el Instituto de Estadísticas; examinar los métodos de actualización y confiabilidad de las estadísticas recopiladas por entes gubernamentales; y evaluar los recursos disponibles para la gestión estadística del Estado y el andamiaje jurídico que incide en la misma, con el fin de identificar necesidades, y conocer, si es necesario, realizar cualquier ajuste o enmienda que promueva la pertinencia, objetividad y corrección de la información basada en datos estadísticos; y para otros fines relacionados.

P. de la C. 2532

Fecha: 10 de febrero de 2016

Para disponer que toda asociación de residentes o condóminos legalmente constituida de cualquier condominio, urbanización o complejo de vivienda organizado bajo el régimen de propiedad horizontal o sujeto a condiciones restrictivas opcionales por su escritura, o a un control de acceso, deberá recopilar un perfil estadístico y demográfico del desarrollo, a ser sometido al Departamento de Asuntos del Consumidor; que un formato uniforme para dicho perfil será diseñado por el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico en colaboración con el Departamento de Asuntos del Consumidor de modo que la información pueda compilarse en un informe global; definir la información que esos perfiles habrán de contener, disponer los términos de su preparación, publicación y difusión y el proceso de reglamentación a tales fines.

P. del S. 1035

Para crear la “Ley de Transparencia Financiera de Puerto Rico” con el propósito de que las agencias de gobierno, las corporaciones públicas y los municipios, establezcan un acuerdo colaborativo con el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico para integrarse a su plataforma de transparencia financiera.