Para crear la “Ley del Registro de Personas con Discapacidad Auditiva en Puerto Rico”, a los fines de establecer un registro oficial que recopile y mantenga información estadística sobre las personas con discapacidad auditiva en Puerto Rico; disponer sobre su administración y objetivos; establecer las guías para su implantación; y para otros fines relacionados.

Para ordenarle a la Comisión de Educación, Arte y Cultura de la Cámara de Representantes de Puerto Rico, realizar una minuciosa investigación en relación al cumplimiento sobre la implementación en las escuelas públicas del protocolo en casos de acoso escolar (bullying), según lo establece la Carta Circular Núm. 12‐2012‐2013; y para otros fines.
Para ordenar al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico realizar un censo formal, con todas las guías investigativas y científicas necesarias que ayuden a esclarecer la cantidad de Sordos existentes en el País, así como sus particularidades y lenguaje empleado para comunicarse.
Fecha: 22 de diciembre de 2023
Para enmendar el Artículo 3 de la Ley 209-2003, según enmendada, conocida como ‘’Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico’’ con el fin de disponer que la Oficina del Contralor establezca a su discreción la frecuencia de las auditorías de las cuentas y operación del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico.

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