P. del S. 359

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Para adoptar la “Ley para la Prevención, Protección y Asistencia a las víctimas e Intervención contra la Trata Humana”, con el propósito de proteger y ayudar a las víctimas de trata humana en Puerto Rico; establecer mecanismos para la prevención y encausamiento del crimen de la trata humana; crear la Junta Multisectorial para la Prevención y Remedios contra el Crimen de la Trata Humana en Puerto Rico compuesto por agencias de la Rama Ejecutiva, Legislativa y Judicial, y organizaciones no gubernamentales, para estudiar y monitorear el problema de la trata humana en Puerto Rico y, entre otras cosas, proponer legislación, reglamentos y protocolos para combatir este mal; para viabilizar acuerdos colaborativos entre las agencias; y para establecer términos para entregar informes de tal forma que se puedan atender inmediatamente las recomendaciones establecidas; enmendar el Artículo 7 de la Ley 183-1998, según enmendada, conocida como “Ley para la Compensación a Víctimas de Delito”, a los fin...

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P. de la C. Núm. 1032 (sustitutivo)

Fecha: 3 de septiembre de 2014

Para la formulación de una propuesta que establezca el Plan Decenal de Educación de Puerto Rico, que plasme la participación ciudadana como mecanismo complementario para la creación de política pública del Departamento de Educación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, del Consejo de Educación de Puerto Rico y de las demás agencias e instrumentalidades públicas vinculadas a la educación pública del país; para disponer sobre losmecanismos y estructuras para los procesos de consulta, deliberación, creación y desarrollo del Plan Decenal de Educación de Puerto Rico; para establecer la Comisión Transectorial del Plan Decenal de Educación de Puerto Rico, definir su composición, funciones, obligaciones y vigencia; para establecer el Comité Asesor del Plan Decenal de Educación de Puerto Rico, definir su composición, funciones, obligaciones y vigencia; y para otros fines.

R. C. del S. Núm. 455

Fecha: 26 de septiembre de 2014

Para ordenar a la Autoridad de Puertos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que destine los recursos necesarios para recopilar, organizar y publicar las estadísticas sobre tráfico de pasajeros de todas las instalaciones portuarias dentro del Estado Libre Asociado, incluyendo los municipios de Vieques y Culebra, que posean la capacidad de permitir el transporte hacia dentro o fuera de los límites geográficos de Puerto Rico.

P. de la C. 1448

Fecha: 2 de noviembre de 2022

Para enmendar los Artículos 3, 4, 5, 6, 8, 11, 13 y 21, añadir un nuevo Artículo 22 y reenumerar el Artículo 22 como Artículo 23 de la Ley 209-2003, según enmendada, conocida como la “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a los fines de realizar enmiendas técnicas; disponer que el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico pueda solicitar, aceptar y recibir donativos; establecer que las sumas recaudadas por este concepto podrán ser utilizadas para sufragar los gastos de operación y funcionamiento del Instituto y las actividades estadísticas que el Instituto determine; disponer la facultad de la Junta de Directores del Instituto para aprobar la adquisición de equipo, materiales y servicios cuyo valor exceda la cantidad de cien mil ($100,000) dólares; disponer que la Junta de Directores tendrá como parte de sus deberes y poderes la autoridad para adoptar los estándares éticos aplicables a toda persona que labore en la unidades de estadísticas de los organismos gubernamentales o que asesore, intervenga o colabore con el Servicio de Producción Estadística del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; clarificar las obligaciones de los organismos gubernamentales en torno al envío de información estadística al Instituto; disponer que el Gobernador incluirá en el presupuesto modelo los cálculos para los gastos corrientes de dicho Instituto, sin revisarlos, que garantice su estabilidad fiscal; crear el Programa de Academias y Talleres del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico; establecer un sistema de certificación de la educación continua como requisito para ocupar y permanecer en un cargo o puesto, u ofrecer consultoría o asesoramiento externo; ordenar al Instituto preparar los formularios necesarios para la notificación por parte de los organismos gubernamentales, y para otros fines relacionados.