Para establecer la Política Pública del Gobierno de Puerto Rico en torno al Albinismo y el Síndrome de Hermansky‐Pudlak, disponiéndose que se establecerá el acceso directo a proveedores y médicos especialistas, así como aquellos medicamentos, tratamientos, terapias y pruebas validadas científicamente como eficaces y recomendadas para diagnosticar y tratar la condición, sin necesidad de referido, autorización o pre‐autorización del plan; ordenar al Departamento de Salud crear y ejercer la política pública, estableciendo un Registro de las personas que padezcan la enfermedad con el fin de llevar estadísticas oficiales y crear un perfil de los casos que existan en Puerto Rico; y para otros fines relacionados.

Fecha: 5 de abril de 2022
Para enmendar los artículos 1.3, 2.2, 2.3 y 2.4 de la Ley 120-2014, conocida como la “Ley de Incentivos para la Generación y Retención de Empleos en PyMEs”, a los fines de expandir las categorías de PyMEs Elegibles en Expansión y PyMEs Elegibles con Pérdidas Netas Operacionales a aquellas empresas que hayan comenzado operaciones en una fecha posterior al 1 de enero de 2014 y atemperar el reembolso parcial de salarios al nuevo salario mínimo estatal establecido por la Ley 47-2021; añadir un nuevo artículo 2.7 a la Ley 120-2014, conocida como la “Ley de Incentivos para la Generación y Retención de Empleos en PyMEs”, a los fines de requerir un Informe Anual del rendimiento de las disposiciones de la Ley; para enmendar la Sección 12-B de la Ley Núm. 72 de 21 de junio de 1956, conocida como la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico, según enmendada, a los fines de clarificar la fuente de financiamiento del reembolso parcial de salarios; y para otros fines relacionados.
Para añadir un nuevo Artículo 115 y reenumerar los actuales Artículos 115 y 116 como los Artículos 116 y 117 respectivamente, de la Ley Núm. 187-2015, según enmendada, conocida como “Ley del Portal Interagencial de Validación para la Concesión de Incentivos para el Desarrollo Económico de Puerto Rico” (PIVCIDE).
Para ordenarle al Departamento de la Familia, en coordinación con la Junta de Planificación, el Instituto de Estadísticas y la Oficina de Preparación y Coordinación de Respuesta en Salud Pública (OPCRSP) del Departamento de Salud del Gobierno de Puerto Rico, llevar a cabo un censo especial sobre la población vulnerable de Puerto Rico, según definida en el estudio preparado por la Universidad de George Washington tras el paso del devastador huracán María, cuyo resultado debe ser presentado a la Asamblea Legislativa en o antes del 30 de enero de 2019 ; y para otros fines relacionados.

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