Fecha: 22 de octubre de 2014
Para establecer la “Ley de Registro y Estadísticas Vitales de Puerto Rico”, a los fines de establecer la Oficina del Registro de Estadísticas Vitales de Puerto Rico (OREV), la cual ejercerá con plena autonomía fiscal y administrativa; establecer sus funciones y responsabilidades; disponer una cantidad mínima de registros locales; crear el cargo directivo de Registrador Estatal; establecer requisitos mínimos, el término, funciones y facultades del cargo; fijar clausulas transitorias para el traslado y traspaso del capital humano, bienes muebles e inmuebles; implantar un método de seguridad al Sistema de Estadísticas Vitales para propósitos de salud pública, seguridad nacional, entre otros; establecer los procedimientos en el manejo de documentos legales previstos en la ley como lo son los certificados e informes de eventos vitales; imponer controles para elaborar, mantener y divulgar el contenido de los records y reportes vitales bajo su custodia; derogar la Ley Núm. 24 de 22 de abril de 1931, según ...