P. de la C. 1622

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Fecha: 10 de febrero de 2015

Para enmendar la Ley 209?2003, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a los fines de añadir nuevos Artículos, 13, 14 y 15, enmendar los actuales Artículos 4 y 6, reenumerar los Artículos 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 como Artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22, de forma que se garantice el adecuado manejo de las estadísticas en el Gobierno de Puerto Rico y promover su divulgación; reconocerle facultades adicionales al Instituto de Estadísticas y establecer nuevas obligaciones a los organismos gubernamentales; y para otros fines relacionados.

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P. del S. 814

Para enmendar los Artículos 2, 3, 9, 10 y 36 de la Ley Núm. 24 de abril de 1931, según enmendada, conocida como “Ley del Registro Demográfico de Puerto Rico”, con el fin de incluir en el Certificado de Defunción el encasillado de desastres naturales como elemento contribuyente al fallecimiento; y ordenar a la División de Registro Demográfico y Estadísticas Vitales del Departamento de Salud enviar semestralmente el informe con las estadísticas vitales al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico y para otros fines relacionados.

P. de la C. 1236

Para enmendar los Artículos 3 y 4 de la Ley Núm. 3 de 13 de marzo de 1942, según enmendada, conocida como "Ley de Protección de Madres Obreras", a los fines de extender el término de la licencia de maternidad de las trabajadoras del sector privado de ocho (8) a doce (12) semanas, distribuidas, como regla general, en seis (6) semanas de descanso prenatal y seis (6) semanas de descanso postnatal, con la posibilidad de redistribución prenatal/postnatal previa certificación médica; reafirmar el pago íntegro del salario de la trabajadora durante dicho término; extender dichos beneficios, en paridad, a las madres que adopten; y para otros fines relacionados.

P. del S. 2540

Fecha: 21 de mayo de 2012

Para ordenar al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, en coordinación con la Policía de Puerto Rico, desarrollar e implementar un programa de “georreferenciación” ó “crimespotting” en mapas interactivos de delitos que provean información sobre la localización de actividad criminal como herramienta para fomentar el acceso a información confiable sobre la incidencia criminal en nuestras comunidades y fortalecer el desarrollo de estrategias efectivas para atender los problemas de seguridad ciudadana en el ámbito local; y para otros fines.