El Instituto solicita al Tribunal resuelva la controversia legal relacionada a la composición de su Junta de Directores asegurando hay “daño real y grave” ocasionado a sus funciones fiscalizadoras

Comunicados
IEPR
18 December 2025

El Instituto solicita al Tribunal resuelva la controversia legal relacionada a la composición de su Junta de Directores asegurando hay “daño real y grave” ocasionado a sus funciones fiscalizadoras

San Juan, PR, 21 de febrero de 2018 – El Instituto de Estadísticas de Puerto Rico (Instituto) radicó una moción ante el Tribunal de Primera Instancia de San Juan reiterando su solicitud de Sentencia Declaratoria e Injuction peticionado a raíz de la controversia legal surgida el verano pasado y la cual aún no ha sido resuelta.

La solicitud fue presentada en el día de ayer, 20 de febrero de 2018 y como antesala a una vista argumentativa que ha sido pautada para el próximo martes, 27 de febrero, con el objetivo de que los abogados de las partes argumenten sus respectivas mociones presentadas y evaluar la posibilidad de resolver el caso con los escritos ya sometidos.

A través del recurso legal presentado, se expone cómo la situación representa “un daño real y grave” a la implantación de la Ley Orgánica del Instituto (Ley 209-2003), particularmente, la fiscalización de las funciones y productos estadísticos así como la adjudicación de controversias sobre quienes no han cumplido con órdenes de requerimiento de información emitidas por el Director Ejecutivo.

“Han transcurrido seis meses desde que comenzó el presente pleito, y en el Instituto, así como en algunos casos entre la ciudadanía en general en Puerto Rico, en los Estados Unidos y en el mundo se han comenzado a ver los efectos”, expone el Instituto en el recurso presentado para luego enumerar los daños sufridos ante la carencia de una Junta de Directores en operaciones.

A continuación, resaltamos algunos de los daños esbozados en la moción presentada:

  1. Sin la Junta de Directores, al Instituto no le ha sido posible establecer las normas, nomenclaturas y tipificación de métodos que el Gobierno debe seguir para estimar el número de muertes a causa de los huracanes Irma y María, y para luego poder fiscalizar la calidad y confiabilidad de los productos estadísticos que genere el Gobierno sobre esas muertes. Incluso, la Presidenta de la American Statistical Association, la asociación profesional de estadísticos más grande del mundo, escribió una carta el mes pasado al Gobernador para expresar su decepción por la exclusión de los peritos expertos del Instituto de Estadísticas en la contabilización de las muertes por los huracanes, en la Orden Ejecutiva 2018-01.
  2. Sin la Junta de Directores, el Instituto no ha podido aprobar la contratación de un perito ingeniero para ofrecer asistencia técnica a la Autoridad de Energía Eléctrica para que pue- da por primera vez proveerle al Gobierno federal estadísticas de cada planta generatriz, según requiere la U.S. Energy Information Administration, de cada proveedor de energía eléctrica en Estados Unidos. Peor aún, sin estas estadísticas no ha sido posible diseñar un plan adecuado de recuperación del sistema eléctrico, luego de que los huracanes Irma y María destruyeran el mismo.
  3. Sin la Junta de Directores, el Instituto no ha podido contestar numerosas solicitudes relacionadas con órdenes de requerimiento de información, lo cual ha virtualmente detenido la implantación de la Ley 187-2015, también conocida como la Ley del Portal Interagencial de Validación para la Concesión de los Incentivos para el Desarrollo Económico, una importante herramienta anti-corrupción y de transparencia, que facilita la fiscalización interagencial de los incentivos contributivos otorgados por las agencias públicas del Gobierno a entidades privadas.
  4. Sin la Junta de Directores, el Instituto no ha podido reclutar a los recursos para llevar a cabo la Encuesta de Gastos del Consumidor, la cual nos disponíamos a comenzar este año, luego de que no se realizara en casi 2 décadas.

“El daño causado a Puerto Rico es real. Ante la ausencia de una Junta de Directores, el Instituto no ha podido tomar acción para asegurar que las estadísticas sobre el impacto de los huracanes sean confiables y cumplan con metodologías y criterios de calidad, en momentos en que el mundo entero ha cuestionado esas estadísticas del Gobierno de Puerto Rico”, señala el Instituto en el recurso legal. Además, solicita al Tribunal que emita la Sentencia Declaratoria y el Injunction solicitados con el fin de que el Instituto tenga certeza sobre quiénes componen, en derecho, su Junta de Directores y pueda atender los asuntos pendientes y futuros según lo requiere la Ley 209-2003.

De otra parte, la moción presentada por el Instituto establece que la reciente carta de la Junta de Supervisión Fiscal sobre el Instituto descarta de su faz las “remociones” de los miembros de la Junta del Instituto bajo la Ley 3. Asegura que, más allá de los cuestionamientos constitucionales sobre la forma en que el Gobernador ha pretentido remover a 4 de los miembros de la Junta de Directores, como único la Ley 3 podría aplicaría a funcionarios del Instituto es si estos representan un problema o un potencial problema para que el Gobernador de Puerto Rico pueda formular e implantar el plan fiscal requerido por PROMESA. “Todos los componentes creados al amparo de la ley federal PROMESA han resaltado la importancia de mantener al Instituto libre de intervenciones políticas,” sostiene el Instituto en su moción, por lo cual no hay manera de usar la Ley federal PROMESA para justificar la remoción de los miembros de la Junta de Directores del Instituto.

Por otro lado, si el Gobernador entendía que algunos miembros de la Junta de Directores del Instituto estaban amenazando el cumplimiento del Gobierno con el plan fiscal o con las disposiciones de PROMESA, debió formular los cargos que entendiera correspondientes a los miembros así imputados y llevar a cabo un debido proceso adjudicativo para su remoción. Sin embargo, a esta fecha ningún cargo se ha formulado para imputar a miembros de la Junta de Directores del Instituto acciones que constituyan justa causa para su remoción.

El Instituto de Estadísticas de Puerto Rico es una entidad gubernamental autónoma con la encomienda de coordinar el servicio de producción de estadísticas del Gobierno para asegurar que los sistemas de recopilación de datos y estadísticas, en los que se basan las políticas públicas, estén completos, sean confiables y de acceso rápido y universal. El IEPR posee en su inventario, accesible a través de www.estadisticas.pr, cerca de 300 productos estadísticos. Además, es custodio y provee acceso a sobre 100 conjuntos de datos o “data sets” por medio de www.data.pr.gov y a sobre 40 tablas y más de 6 mil indicadores a través de: www.indicadores.pr.

Además, como la entidad líder del SDC de Puerto Rico, el IEPR maneja el portal del SDC, en el cual se encuentran los informes estadísticos principales y las publicaciones del U.S. Census Bureau sobre Puerto Rico, específicamente aquellas que son más solicitadas, tal como los estimados poblacionales anuales; la Encuesta sobre la Comunidad de Puerto Rico (Puerto Rico Community Survey) y las estadísticas oficiales sobre los Censos decenales de población y vivienda de Puerto Rico, entre otras. El portal del SDC de Puerto Rico puede ser accedido a través de: https://censo.estadisticas.pr/.

Para más información puede visitar nuestra página web: www.estadisticas.pr.gov. Además, puede seguirnos en las redes sociales a través de las cuentas de Facebook (estadisticas.pr), Twitter (@EstadisticasPR) y Linkedin (Instituto de Estadísticas de Puerto Rico).

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Contacto de Prensa: Sandra Morales Blanes / 787-688-0401

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Instituto de Estadísticas presenta herramienta que permite un análisis histórico del rendimiento bancario en Puerto Rico

San Juan, Puerto Rico. 4 de junio de 2025. El Instituto de Estadísticas de Puerto Rico (Instituto) publicó un nuevo tablero interactivo que presenta indicadores financieros clave para las instituciones bancarias que operan en Puerto Rico y que son reguladas por la Federal Deposit Insurance Corporation (FDIC). Esta herramienta consolida datos históricos desde el año 2001 hasta el presente, incorporando los datos más recientes disponibles, correspondientes al primer trimestre de 2025.

El tablero integra un conjunto de dieciocho (18) indicadores financieros presentados en forma de ratios, agrupados en dos grandes categorías: indicadores de rendimiento (Performance Ratios) e indicadores de condición financiera (Condition Ratios). Un ratio financiero es una medida que relaciona dos variables numéricas, proporcionando un indicador estandarizado que facilita el análisis comparativo en el tiempo y entre diferentes entidades. Actualmente, el tablero abarca información de seis (6) instituciones bancarias que operan en Puerto Rico bajo la regulación de la FDIC.

Entre los Performance Ratios que incluye el tablero se encuentran: Yield on Earning Assets, Cost of Funding Earning Assets, Net Interest Margin, Noninterest Income to Average Assets, Noninterest Expense to Average Assets, Return on Assets (ROA), Return on Equity (ROE), Loan and Lease Loss Provision to Net Charge-Offs, y Earning Coverage of Net Loan Charge-Offs.

En cuanto a los Condition Ratios, el tablero presenta: Earning Assets to Total Assets, Loss Allowance to Noncurrent Loans and Leases, Noncurrent Loans to Loans, Net Loans and Leases to Deposits, Net Loans and Leases to Core Deposits, Leverage (Core Capital) Ratio, Common Equity Tier 1 Capital Ratio, Tier 1 Risk-Based Capital Ratio, y Total Risk-Based Capital Ratio.

Como parte del valor analítico que aporta esta herramienta, el Instituto ha desarrollado el cálculo del promedio de la industria para cada uno de los indicadores incluidos en el tablero. Este promedio provee un marco estadístico de referencia esencial para entender el comportamiento agregado del sector y permite evaluar a cada institución con relación al mercado en el cual opera. De este modo, se facilita el análisis comparativo y el monitoreo de tendencias en la industria bancaria de Puerto Rico.

“Uno de los aportes fundamentales de este tablero es consolidar una serie histórica extensa y continua, que permite identificar tendencias estructurales y ciclos en la industria bancaria. Esta perspectiva de largo plazo es esencial para comprender la evolución del entorno financiero de Puerto Rico y apoyar análisis económicos más robustos,” expresó el Dr. Ronald G. Hernández Maldonado, Gerente de Proyectos Estadísticos del Instituto.

El tablero está disponible en la sección de Proyectos Especiales del portal del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, bajo el nombre de “Indicadores Financieros- Bancos” o a través del siguiente enlace directo: Visualización de Indicadores Financieros - Bancos.

El Instituto de Estadísticas de Puerto Rico es una entidad gubernamental autónoma con la encomienda de coordinar el servicio de producción de estadísticas del Gobierno para asegurar que los sistemas de recopilación de datos y estadísticas, en los que se basan las políticas públicas, estén completos, sean confiables y de acceso rápido y universal. Para más información se puede escribir a preguntas@estadisticas.pr. También pueden seguir las redes sociales a través de las cuentas de Facebook (@estadisticas.pr), X (@EstadisticasPR), LinkedIn (Instituto de Estadísticas de Puerto Rico) e Instagram (@institutodeestadisticas).

El Instituto de Estadísticas de Puerto Rico colabora en el desarrollo de herramienta de recopilación de datos para COVID-19 de hospitales

COMUNICADO DE PRENSA

El Instituto de Estadísticas de Puerto Rico colabora en el desarrollo de herramienta de recopilación de datos para COVID-19 de hospitales

El sistema recopila y consolida diariamente datos sobre los casos sospechosos y confirmados

El Dr. Orville M. Disdier, director ejecutivo del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico (Instituto), informó que el Instituto, en colaboración al Departamento de Salud y al Task Force Médico, culminó el diseño, desarrollo e implantación de un sistema de recopilación y consolidación diario de datos sobre COVID-19 en los hospitales.  A través de este sistema los epidemiólogos de cada hospital pueden entrar, de forma fácil y rápida, los datos básicos sobre los casos sospechosos y confirmados de COVID-19.

Según explicó Disdier, los datos que requiere el sistema son los necesarios para el llamado sistema de vigilancia rápido.  El contenido y la logística de este sistema de vigilancia rápido fue diseñado y aprobado por las doctoras Cynthia Pérez y Enid García, en colaboración con otros miembros del Task Force y el Departamento de Salud.  Las variables que recopila el sistema son las siguientes: Sexo, edad, municipio de residencia, fecha de comienzo de los síntomas, tipo de exposición, si la persona fue admitida al hospital, si la persona está en ventilación mecánica, si la persona está en intensivo, fecha de toma de la muestra, tipo de prueba, resultado de la prueba, si la persona falleció, y fecha de la muerte, si fuera el caso.

“Ante la necesidad urgente de que el Departamento de Salud contara con un sistema rápido de vigilancia epidemiológica en los hospitales, el Instituto les ofreció asistencia total al Departamento de Salud y al Task Force Médico.  Estamos muy agradecidos de que hayan aceptado nuestra colaboración.  En solo una semana logramos implantar el sistema y en este momento los hospitales envían información de forma, rápida, completa y estandarizada sobre COVID-19 al Departamento de Salud.  Los sistemas de vigilancia rápida son imprescindibles para combatir cualquier epidemia o pandemia”, argumentó.

Los datos que los hospitales entran al sistema son consolidados todos los días, aproximadamente a las 12:00 del mediodía.  Luego de la consolidación, epidemiólogos del Departamento de Salud verifican la calidad de los datos y realizan cualquier edición que sea necesaria en consulta con los epidemiólogos de los hospitales.  Finalmente, los datos consolidados y verificados serán utilizados por el Departamento de Salud para generar informes estadísticos diarios y para otras actividades de vigilancia epidemiológica.  Se espera además que esto ayude al Departamento de Salud a que cumpla con la Ley Núm. 209 del 28 de agosto de 2003, la cual les obliga a compartir los datos oficiales generados con el Instituto, aspecto con el cual el Departamento de Salud no ha cumplido cabalmente hasta ahora.  De hecho, dicha ley establece que el Instituto es copropietario de toda la información y el producto estadístico que los organismos gubernamentales desarrollen, y que puede agregar y difundir dicha información según lo estime conveniente.  “Exhortamos al Departamento de Salud a que cumpla con la ley y le envíe al Instituto diariamente y con prontitud estos y cualquier otro dato relacionado al COVID-19 para que podamos proveerle a los ciudadanos estadísticas completas, confiables y de acceso rápido y universal”, enfatizó el Dr. Disdier.

Disdier explicó que este sistema de recopilación y consolidación de datos no implicó el uso de fondos adicionales, pues basó su estructura en otras herramientas ya existentes en el Instituto y en lenguajes de programación de libre uso, como lo es Python. El equipo de trabajo del Instituto dedicó muchísimas horas de trabajo a este proyecto, esto a pesar de todos los retos que el COVID-19 representa para todos en Puerto Rico y de que por el momento trabajan a distancia desde sus casas. La calidad, eficiencia y efectividad de este nuevo sistema se está verificando a diario por personal del Instituto en colaboración con las doctoras Pérez y García, quienes han demostrado un compromiso genuino con vencer al COVID-19.

Para conocer más sobre el Instituto de Estadísticas, pueden acceder la página web: www.estadisticas.pr.gov.  En las redes sociales a través de las cuentas de Facebook (@estadisticas.pr), Twitter (@EstadisticasPR) y Linkedin (Instituto de Estadísticas de Puerto Rico).

Empleados del Instituto de Estadísticas brindan apoyo en el Conteo de Personas Sin Hogar 2017

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