
Para enmendar los Artículos 8 y 10 de la Ley Núm. 85-2017, según enmendada, conocida como “Ley Contra el Hostigamiento e Intimidación o ‘Bullying’ del Gobierno de Puerto Rico” o “Ley Alexander Santiago Martínez”; enmendar el inciso (i) del Artículo 9.07 de la Ley Núm. 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”; añadir un nuevo inciso (d); y renumerar los actuales incisos (d) al (u) como incisos (e) al (v) del Artículo 5 de la Ley Núm. 209-2003, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a fin de que los datos obtenidos y remitidos en el informe anual sobre la notificación de los casos de acoso, entre ellos, “bullying” y ciberacoso “cyberbullying”, en las escuelas públicas, privadas, instituciones de educación superior y universidades, sean remitidos simultáneamente por los Secretarios de Educación y de Estado al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, para su interpretación estadística por materia, de modo que puedan implementarse uniformemente las políticas públicas para la prevención y prohibición del acoso; entregar posteriormente a las Secretarías de la Cámara de Representantes y del Senado de Puerto Rico; realizar correcciones gramaticales y de estilo; y atemperar a la legislación vigente.
Fecha: 30 de abril de 2025
Para ordenar a la Comisión de Salud del Senado de Puerto Rico, realizar una investigación sobre la uniformidad en la aplicación de la inmunidad y el establecimiento de un tope en las reclamaciones por impericia médica (malpractice) exclusivamente en casos de negligencia en Puerto Rico, considerando las diferencias en la protección legal otorgada a los médicos bajo la jurisdicción de la Comisión Industrial en comparación con aquellos que ejercen con o sin privilegios en facilidades médicas privadas, con el fin de identificar mecanismos que contribuyan a la retención de la clase médica en la Isla.
San Juan, Puerto Rico. 9 de abril de 2025 – Ante el interés público creciente sobre los temas relacionados al comercio internacional y los aranceles, el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico le recordó a la ciudadanía que, en su portal oficial, www.estadisticas.pr, está disponible la herramienta “Interfaz de Comercio Externo”, donde pueden acceder a datos oficiales sobre las importaciones y exportaciones de bienes en Puerto Rico.
La sección de Comercio Externo del portal contiene estadísticas mensuales sobre el valor y volumen de los bienes que entran y salen de la jurisdicción. Esta información permite conocer qué productos exporta Puerto Rico, hacia qué países se dirigen y, a su vez, qué productos se importan y desde qué países provienen. Estos datos son útiles para identificar oportunidades de negocio en el exterior, así como dentro de Puerto Rico. Además, son un insumo importante para la preparación de las estadísticas del Producto Interno Bruto de Puerto Rico.
“En momentos en donde los asuntos del comercio internacional y los aranceles forman parte activa de la conversación pública, es fundamental que los ciudadanos tengan acceso a información oficial y confiable que les permita hacer análisis adecuados y tomar decisiones informadas”, destacó el Dr. Orville M. Disdier Flores, Director Ejecutivo del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico.
Las estadísticas son recopiladas y procesadas por el U.S. Customs and Border Protection y el U.S. Census Bureau, utilizando los formularios de aduana y de declaración de exportaciones que se completan al importar o exportar bienes. El Instituto descarga, procesa, transforma y organiza los datos para que esté disponible la información exclusiva para Puerto Rico con sus socios comerciales.
Como parte de su compromiso con la educación estadística, el Dr. Ronald Hernández, Gerente de Proyectos Estadísticos del Instituto, indicó que los interesados en conocer mejor esta herramienta pueden acceder a un webinar libre de costo que explica en detalle cómo acceder, interpretar y utilizar los datos de comercio externo. El video está disponible en el siguiente enlace: https://youtu.be/2yuAh9X6qK4.
La sección de Comercio Externo permite filtrar la búsqueda y descarga de datos desde julio de 2002, según distintas clasificaciones utilizadas en el análisis económico y del comercio internacional. Entre estas clasificaciones se incluyen los sistemas HTS y Schedule B, orientados a la clasificación de bienes, incluyendo su componente arancelario; el SITC, empleado para el análisis comparado del comercio según tipo de producto; y el NAICS, que permite la agregación por sector o industria de origen o destino.
Para acceder a la Interfaz de Comercio Externo, se puede visitar www.estadisticas.pr y acceder a la sección de Comercio Externo bajo la pestaña de “Aplicaciones”. Para una mejor experiencia, se recomienda que utilice el navegador Firefox.
El Instituto de Estadísticas de Puerto Rico es una entidad gubernamental autónoma con la encomienda de coordinar el servicio de producción de estadísticas del Gobierno para asegurar que los sistemas de recopilación de datos y estadísticas, en los que se basan las políticas públicas, estén completos, sean confiables y de acceso rápido y universal.
Para más información se puede escribir a preguntas@estadisticas.pr. También pueden seguir las redes sociales a través de las cuentas de Facebook (@estadisticas.pr), X (@EstadisticasPR), LinkedIn (Instituto de Estadísticas de Puerto Rico) e Instagram (@institutodeestadisticas).
Fecha: 1 de abril de 2025
Para establecer la “Ley para la Atención del Estudiantado con Epilepsia en las Instituciones Escolares Públicas y Privadas de Puerto Rico”; delinear los procesos a los que deben ceñirse las escuelas para manejar crisis epilépticas; garantizar la provisión de acomodos razonables al estudiantado con epilepsia; prohibir el discrimen por razón del diagnóstico de epilepsia; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Fecha: 21 de marzo de 2025
Para enmendar la Sección 1 de la Ley Núm. 170 de 4 de mayo de 1949, según enmendada, con el fin de disponer los requisitos de disponibilidad para la concesión del examen de equivalencia de Escuela Superior; y para decretar otras disposiciones complementarias.
Fecha: 7 de marzo de 2025
Para establecer la Ley de Admisión Automática a la Universidad de Puerto Rico, a fin de disponer de un proceso de admisión automática a la Universidad de Puerto Rico a todo estudiante de cuarto año de escuela superior que se encuentre en el 10% de su clase y para otros fines.
Fecha: 7 de marzo de 2025
Para enmendar el Artículo 12.01, y añadir un nuevo Artículo 12.14, al Capítulo XII de la Ley 85-2018, según enmendada, conocida como “Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, a los fines de disponer para que a través del Programa de Educación Ocupacional y Técnica del Departamento de Educación, se establezcan escuelas especializadas en desarrollar programas dirigidos a promover la transferencia de tecnología para llevar al uso público, los descubrimientos científicos y tecnológicos de los alumnos, mediante la comercialización, y la protección de la propiedad intelectual, con la cual se persigue la obtención de patentes y/o registro de las marcas de servicios; añadir un nueva Sección 2100.04 a la Ley 60-2019, según enmendada, conocida como “Código de Incentivos de Puerto Rico”, a los efectos de crear un denominado “Programa de Apoyo a las Escuelas Especializadas en Promoción de Transferencia de Tecnología y Comercialización de Productos”, que tendrá como propósito servir como fuente de financiamiento para las actividades de desarrollo, investigación y comercialización de los productos generados por los alumnos de los antes mencionados centros educativos; enmendar los artículos 3, 4 y 26 de la Ley 214-2004, según enmendada, conocida como “Ley del Fideicomiso para Ciencia, Tecnología e Investigación de Puerto Rico”, con el propósito de conferirle al mencionado Fideicomiso, al igual que al Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, la responsabilidad de apoyar las actividades de desarrollo, investigación y comercialización de los productos generados por los alumnos de las referidas escuelas; y para otros fines relacionados.