R. del S. 68

Memoriales
IEPR
15 December 2025

Fecha: 3 de mayo de 2021

Para ordenar a las Comisiones de Bienestar Social y Asuntos de la Vejez; y de Educación, Turismo y Cultura a conducir una investigación exhaustiva sobre el cumplimiento de las Leyes 136-1996, 80-2002, 181-2014, 78-2018, 173-2018, 174-2018 y 266-2018, por parte de todas las agencias públicas del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. También deben investigar si el Instituto de Estadísticas de Puerto Rico, de conformidad con su ley habilitadora, Ley 209-2003, recopila y analiza datos relacionados a la cantidad de personas en Puerto Rico que están adiestrados en lenguajes de señas.

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P. del S. Núm. 655

Fecha: 5 de septiembre de 2013

Para crear la “Ley para Fomentar las Industrias Creativas de Puerto Rico”; añadir un inciso (r) al Artículo 8 de la Ley Núm. 188 de 11 de mayo de 1942, según enmendada, conocida como la Ley de la Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico; añadir un inciso (ff) al Artículo 5.01 de la Ley Núm. 83?1991, según enmendada, conocida como la Ley de Contribución Municipal sobre la Propiedad de 1991; y para otros fines relacionados.

P. del S. 20

Fecha: 24 de febrero de 2017

Para enmendar el Artículo 5 de la Ley 143-2014, “Ley del Protocolo para Garantizar la Comunicación Efectiva entre los Componentes de Seguridad del Estado Libre Asociado de PuertoRico y del Sistema de Información de Justicia Criminal”, para incluir al Director Ejecutivo del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico como miembro del Comité Intergubernamental del Sistema de Información de Justicia Criminal; y para otros fines necesarios y relacionados.

P. de la C. 404 & 850

Para enmendar el Artículo 7 de la Ley 246-2011, según enmendada, conocida como "Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores", a fin de establecer un grupo de trabajo interdisciplinario que evalúe a menores con sospecha de maltrato intrafamiliar, el cual se activará cuando se identifique o se informe sobre una situación donde exista o se sospeche que exista un menor con cualquier trauma, lesión o condición que aparente no ser accidental; ampliar el radio de acción, deberes y funciones del Panel de Revisión de Muertes del Departamento de la Familia; y para otros fines relacionados.P. de la C. 850: Para enmendar la Ley Núm. 246-2011, según enmendada, conocida como “Ley para la Seguridad, Bienestar y Protección de Menores”, a los fines de añadir los Artículos 78 y 79, para establecer programas de desvío a los fines de reeducar y re adiestrar a primeros ofensores que incurren en conducta maltratante o negligente contra menores, y ordenar al Departamento de la Familia a elaborar las