
El Purchasing Managers Index (PMI) de la manufactura en Puerto Rico, principal indicador adelantado del desempeño del sector manufacturero, registró un valor de 46.2 en diciembre de 2025, lo que indica una contracción del sector en relación con el mes anterior. Un valor inferior a 50 señala una disminución de la actividad manufacturera respecto al período previo.
El PMI es el principal indicador del desempeño de la manufactura en Puerto Rico y se publica con frecuencia mensual. El Instituto de Estadísticas de Puerto Rico produce y divulga este indicador como parte de su compromiso institucional de ofrecer información estadística objetiva, confiable e independiente, en apoyo al análisis económico y la toma de decisiones informadas.
Durante diciembre, aunque el índice general se mantuvo por debajo del umbral de 50, algunos de sus componentes registraron resultados distintos. En particular, los componentes de empleo y entregas de suplidores se ubicaron en o por encima de ese nivel, lo que refleja una evolución distinta de estos componentes respecto al índice general. Asimismo, los inventarios propios aumentaron en comparación con el mes anterior.
Como parte de una encuesta suplementaria a establecimientos manufactureros, los principales retos identificados durante el mes se concentraron en tres áreas. En el ámbito operacional, se destacaron los costos, las limitaciones en la disponibilidad de materias primas, las entregas de suplidores, la logística de la cadena de suministro y las ventas. En el área de recursos humanos, el principal reto reportado fue el ausentismo laboral. Asimismo, se señalaron problemas relacionados con la confiabilidad del suministro de energía eléctrica.
Desde el inicio de la encuesta, el PMI de la manufactura en Puerto Rico se ha ubicado en o por encima del umbral de expansión en 116 de los 187 meses observados, lo que permite contextualizar el resultado de diciembre dentro de su trayectoria histórica.
Acceda aquí al informe completo y el conjunto de datos del PMI:
Fecha: 18 de marzo de 2015
Para crear la “Ley de Transformación al Sistema Contributivo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico”, también conocida como el Código de Rentas Internas de 2015, a los fines de establecer un sistema contributivo en uno más simple, justo, efectivo, de base amplia, fácil de fiscalizar y que promueva el desarrollo económico; reducir significativamente las tasas de contribución sobre ingresos a individuos y corporaciones; eliminar el impuesto sobre ventas y uso; establecer un impuesto sobre el valor añadido; para establecer disposiciones transitorias para la derogación de la Ley Núm. 1-2011, según enmendada, conocida como el Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011; para otros fines relacionados.
Instituto de Estadísticas invita a la ciudadanía a participar en la revisión de la Encuesta de Grupo Trabajador
Instituto de Estadísticas anuncia periodo de matrícula para sus Academias y Talleres de capacitación en la producción y análisis de datos
Fecha: 19 de febrero de 2015
Para enmendar el Artículo 5 de la Ley 143?2014, “Ley del Protocolo para Garantizar la Comunicación Efectiva entre los Componentes de Seguridad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y del Sistema de Información de Justicia Criminal”, para incluir al Director Ejecutivo del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico como miembro del Comité Intergubernamental del Sistema de Información de Justicia Criminal; y para otros fines necesarios y relacionados.
Fecha: 10 de febrero de 2015
Para enmendar la Ley 209?2003, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a los fines de añadir nuevos Artículos, 13, 14 y 15, enmendar los actuales Artículos 4 y 6, reenumerar los Artículos 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 como Artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22, de forma que se garantice el adecuado manejo de las estadísticas en el Gobierno de Puerto Rico y promover su divulgación; reconocerle facultades adicionales al Instituto de Estadísticas y establecer nuevas obligaciones a los organismos gubernamentales; y para otros fines relacionados.
Fecha: 10 de febrero de 2015
Para añadir un inciso (l) al Artículo 8 de la Ley 209?2003, según enmendada, conocida como la “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a los fines de disponer que la Junta de Directores tendrá como parte de sus deberes y poderes la autoridad para adoptar los estándares éticos aplicables a toda persona que labore en la unidades de estadísticas de los organismos gubernamentales o que asesore, intervenga o colabore con el Servicio de Producción Estadística del Estado Libre Asociado de Puerto Rico; y para otros fines.