Fecha: 8 de agosto de 2016
Descripción: Para añadir un nuevo inciso (o), y redesignar los actuales incisos (o), (p), (q) y (r), comolos incisos (p), (q), (r) y (s), respectivamente, del Artículo 5 de la Ley 209-2003,según enmendada, conocida como "Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico", a los fines de otorgar a la referida entidad gubernamental, la responsabilidad de promover la plena inclusión de Puerto Rico en todos los programas de estadísticas de los Estados Unidos de América, mediante acuerdosde cooperación bilateral y multilateral en materia estadística con oh·asorganizaciones, para así contar con mecanismos de medición que permitan comparar el desarrollo de Puerto Rico con los estados de los Estados Unidos; y para atemperar las disposiciones de esta Ley con lo establecido en el inciso G) del Artículo 4 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1979, según enmendada, conocidacomo "Ley de la Administración de Asuntos Federales de Puerto Rico".
Fecha: 15 de julio de 2015
Descripción: Para enmendar el Artículo 5 de la Ley 209-2003, según enmendada, conocida como la "Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico", a los fines de facultar al Instituto de Estadísticas de Puerto Rico para que desarrolle iniciativas de educación para promover el conocimiento en el campo de los sistemas de recopilación de datos y estadísticas, y la política pública establecida en dicha ley, y coordinar esta iniciativa con otras instituciones como la Oficina de Ética Gubernamental, la Oficina del Contralor, la Asociación y la Federación de Alcaldes, y para otros fines relacionados,
Fecha: 18 de septiembre de 2015
Descripción: Para enmendar el Artículo 4; enmendar el inciso (h), añadir un nuevo inciso (o), reenumerar el actual inciso (o) como el inciso (p) del Artículo 6; añadir los nuevos Artículos 13, 14 y 15; y reenumerar los actuales Artículos 13, 14, 15, 16, 17, 18 y 19 como los Artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22, respectivamente, de la Ley 209-2003, según enmendada, conocida como “Ley del Instituto de Estadísticas de Puerto Rico”, a los fines de garantizar el adecuado manejo de las estadísticas en el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y promover su divulgación; reconocer las nuevas facultades del Instituto de Estadísticas; establecer nuevas obligaciones a los organismos gubernamentales; y para otros fines relacionados.
Fecha: 31 de enero de 2018
Descripción: Para establecer la "Ley de Divulgación de Estadísticas de Licenciamiento de Puerto Rico", a los fines de ordenar a las Juntas Examinadoras de Puerto Rico, divulgar a traves del lnstituto de Estadísticas de Puerto Rico los datos estadísticos de los resultados de examenes de licenciamiento; para que dicha divulgación sea por area de competencia; y para otros fines relacionados.
Fecha: 2 de julio de 2018
Descripción: Establece normas específicas que, en atención a lo dispuesto en la Ley 209-2003 y en conjunto con lo dispuesto en esa Ley y en otros reglamentos del Instituto, regirán la operación y funcionamiento de esta entidad pública. Entre los asuntos que son objeto de este Reglamento se destacan las normas y el proceso que regirá para atender reclamos de confidencialidad que hagan personas a quienes el Instituto dirige solicitudes o requerimientos de información; requisitos de cualificación académica y profesional para empleados y funcionarios del Instituto; y la creación de comités o grupos de trabajo de la Junta de Directores para facilitar y agilizar las encomiendas y trabajos de ese cuerpo rector del Instituto.
Los productos estadísticos se evalúan utilizando 8 criterios básicos, que se detallan la Carta Normativa Núm. 2011-01. Estos criterios aplican a todo tipo de producto estadístico de todo tipo de temática, y obedecen primordialmente a unas buenas prácticas mínimas en la divulgación del producto estadístico:
